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26 abril 2024 6:12 am

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11 años cárcel por intentar quemar a expareja en su peluquería de Las Palmas

El hombre, condenado a 11 años y tres meses de prisión por tratar de quemar a su expareja en Las Palmas, argumentó padecer un trastorno mental transitorio y aseguró que la víctima le ocultó que él era positivo en VIH

11 años cárcel por intentar quemar a expareja en su peluquería de Las Palmas

El Supremo ha confirmado la condena de 11 años y tres meses de prisión a un hombre que trató de asesinar a su expareja al irrumpir en la peluquería que regentaba en Las Palmas de Gran Canaria. Intentó rociarla con gasolina y quemarla porque, según él, le ocultó una prueba que reveló que el acusado tenía VIH.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rechaza el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ratificó otra de la Audiencia de las Palmas de Gran Canaria por un delito de asesinato en grado de tentativa con el agravante de parentesco.

10 años de libertad vigilada

Además de la pena de prisión, el tribunal confirma 10 años de libertad vigilada y 15 años de prohibición de acercarse a menos de 300 metros y de comunicarse por cualquier medio con la víctima.

Los hechos ocurrieron sobre las 21:15 horas del 18 de diciembre de 2019 cuando el condenado acudió a la peluquería que regenta la víctima, quien había sido su pareja sentimental durante cinco años.

Nada más entrar y aprovechando que la víctima se encontraba en cuclillas cerrando la persiana metálica del local, le roció con líquido inflamable a la vez que intentaba prenderle, mientras le decía «yo te quemo hijo de puta».

Pero su expareja saltó instintivamente hacia atrás impidiendo que le llegara el fuego que logró prender el condenado, quien al ver como la víctima corría huyendo de él le dijo «no corras, yo te mato».

En su recurso, el condenado solicitó eximente completa o incompleta de trastorno mental transitorio por consumo de alcohol junto a benzodiacepinas y trankimazin.

Pero el Supremo responde que la sentencia de instancia descartó como probada la ingesta de medicamentos y otorgó veracidad al suceso que el condenado coloca como el detonante de su ataque.

El condenado justificó su ataque porque se había enterado de que su expareja le ocultó que se encontraba afectado de VIH, si bien el tribunal da credibilidad a la versión de la víctima, quien explicó que al comenzar la relación ambos se hicieron la serología y que la del acusado era positiva y la de la víctima negativa.

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