Claves de la ley de consumo sostenible: de la publicidad ‘contaminante’ a la reparabilidad

El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible donde prohíbe los anuncios de vuelos cortos o la obsolescencia programada

El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de ley de consumo sostenible, una norma que protege a los consumidores frente a la publicidad ‘contaminante’, fomenta la reparación de los productos frente a la obsolescencia programada, frena los abusos de la reventa de entradas y pone coto a prácticas comerciales que impiden disponer de información veraz al comprar.

El anteproyecto impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 prohíbe la publicidad de los productos más contaminantes como los vuelos cortos, los combustibles fósiles y los vehículos propulsados solo por ellos, y también prácticas como la obsolescencia programada, la reduflación o el  ‘greenwashing’.

Estas son las claves del texto legal que entra ahora en fase de audiencia e información pública para ser de nuevo evaluado por el Consejo de Ministros y enviado después al Congreso de los Diputados para su tramitación:

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. Imagen EFE
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy. EFE

Veto a publicidad ‘contaminante’, y regulada la del miedo

-Productos energéticos compuestos solo por derivados de origen fósil (excepto gas), en los que no participan componentes renovables: la limitación se aplicará cuando los anuncios sean emitidos por empresas del sector del carbón o del petróleo.

– Vuelos cortos: no se podrán anunciar si existe una alternativa menos contaminante que no supere las 2,5 horas de duración (solo trayectos peninsulares).

– Coches propulsados únicamente por combustibles fósiles.

Además, las campañas que usen el miedo para inducir a comprar deben incluir estadísticas objetivas. Esta publicidad se utiliza, según el Ministerio, en algunos sectores relacionados con la seguridad y los seguros.

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Derecho a reparar: fin a la obsolescencia programada

El consumidor podrá prolongar un año más la garantía si repara en lugar de sustituir, se creará un sistema de cofinanciación para las reparaciones, y los fabricantes deberán asumir parte de su coste hasta cuatro años tras el fin del plazo de la garantía legal: del 20 % durante los dos primeros años; del 10 % en el tercer año, y del 5 % en el cuarto.

Se prevé crear una plataforma ‘online’ gratuita de reparadores solventes a los que poder pedir presupuestos y solicitar reparaciones, obligar también a que los repuestos estén disponibles hasta diez años después de que este deje de fabricarse, e incluir en las web de los productores información orientativa sobre los precios de las reparaciones.

Se prohibirá ocultar actualizaciones de ‘software’ que afecten negativamente al rendimiento del producto y no se podrá vender como necesaria una actualización de software que solo mejore características de funcionalidad.

Contra el ‘greenwashing’ o el ‘ecopostureo’

Quedará prohibido que las empresas realicen expresiones medioambientales genéricas que no sean verificables como “respetuoso con el medio ambiente”, “amigo del medio ambiente”, “verde” o “biodegradable”.

Tampoco se podrán registrar marcas que induzcan a error sobre su desempeño medioambiental y se podrá anular una marca si su imagen o mensaje llevan a engaño a los consumidores sobre su impacto ambiental.

Reventa, publicidad del miedo y reduflación

La norma prohibirá el aumento del precio de entradas a todo tipo de evento cultural o deportivo en la reventa: se impedirá esta práctica cuando se aplique un aumento de precio superior al IPC desde el momento de la compra inicial.

Este nuevo límite se suma a la prohibición ya vigente que sanciona el uso de ‘bots’ (un ‘software’ automatizado diseñado para adquirir productos o servicios) para obtener entradas de espectáculos culturales de forma masiva para revenderlas posteriormente.

Está prohibido, pero según el ministro de Consumo, no está funcionando la aplicación, de ahí que se planteé esta modificación legal para actuar de la misma forma que se está haciendo con los pisos turísticos. «Podremos sancionar y podremos bloquear las webs que se dediquen a esto», ha advertido Bustinduy.

Se regulará también la práctica comercial conocida como reduflación, la reducción de la cantidad de contenido vendido sin avisar previamente cuando redunde en un incremento del precio por unidad.

Las empresas tendrán que informar si reducen el contenido de un envase sin bajar el precio, y dispondrán de un máximo de 90 días desde la primera comercialización para indicar de forma visible las nuevas características del producto. 

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