El Supremo ampara a una familia que sufrió más de 60 manifestaciones tras instalar una antena de telefonía

La familia denunció que la Subdelegación del Gobierno permitió decenas de manifestaciones frente su domicilio

El Supremo ampara a una familia que sufrió más de 60 manifestaciones tras instalar una antena de telefonía
Imagen de una antena de telefonía en el tejado de una casa / Europa Press (Foto de ARCHIVO)

El Tribunal Supremo ha emitido un fallo que protege a una familia del barrio de Los Frailes, en Las Palmas de Gran Canaria, que sufrió más de sesenta manifestaciones frente a su domicilio en protesta por una antena de telefonía móvil ubicada en la azotea de un edificio cercano. El alto tribunal considera que estas protestas vulneraron los derechos fundamentales a la integridad física y moral y a la intimidad de la familia.

En su resolución, el Supremo revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que había desestimado el recurso presentado por la familia. El tribunal argumenta que la reiteración y la ubicación de las manifestaciones afectaron significativamente a la vida privada, la intimidad y la salud de los recurrentes, incluyendo a personas mayores de la familia.

La familia denunció que desde diciembre de 2020, la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas permitió decenas de manifestaciones frente a su domicilio y negocio, con el objetivo de presionarlos para que rescindieran el contrato con la compañía de telefonía móvil y retiraran la antena. Las protestas, según la familia, incluían insultos, ruido con cacerolas, megafonía y enfrentamientos con los residentes.

La sentencia establece que las autoridades deben «conciliar» los diferentes derechos fundamentales

El Supremo reconoce el derecho a la manifestación, pero señala que este derecho «puede verse limitado por otros derechos fundamentales». En este caso, la reiteración y la ubicación de las protestas, junto a las molestias y el impacto en la salud de la familia, llevaron al tribunal a concluir que la Subdelegación del Gobierno no actuó correctamente al no tomar medidas para proteger los derechos de los recurrentes.

La sentencia establece que las autoridades deben «conciliar» los diferentes derechos fundamentales cuando exista un conflicto evidente. En este caso, la Subdelegación del Gobierno podría haber optado por modificar el itinerario de las manifestaciones para evitar un impacto tan negativo en la vida de la familia.

Noticias Relacionadas

Otras Noticias