Turismo subvencionará el IBI de 2021 a las empresas de alojamiento afectadas por la crisis de la covid

El Gobierno de Canarias ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se regula la concesión de subvenciones dirigidas a cubrir el coste del IBI de este año 2021 de los establecimientos turísticos de alojamiento en Canarias, afectadas por la crisis derivada de la pandemia de la Covid-19.

El objetivo de las subvenciones es mejorar la liquidez de esas empresas. La Consejería de Hacienda ha dispuesto un crédito de 63 millones de euros, ampliables a 80 millones, para el presupuesto de la Consejería de Turismo.

La propuesta de decreto-ley se fundamenta en la situación que atraviesan las empresas explotadoras de alojamientos turísticos debido a la prolongación de los efectos de las restricciones a la movilidad por la pandemia.

Además, el sector del alojamiento turístico de Canarias no fue incluido en el ámbito de aplicación del Decreto ley 2/2021, de 1 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la Covid-19.

Por eso, el texto aprobado este jueves, que debe ser convalidado en el Parlamento, tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones con la finalidad de proporcionar liquidez a las empresas de alojamiento, destinada a cubrir el coste de la cuota íntegra o, en su caso, de la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2021, que grava el valor de los bienes inmuebles localizados en las islas afectos al desarrollo de la actividad de alojamiento turístico, tanto en la modalidad hotelera como extrahotelera, y siempre y cuando este tributo haya sido abonado a la administración local competente.

A quiénes va dirigida la convocatoria

Podrán ser beneficiadas los titulares de empresas que desarrollen, de forma principal, alguna de las actividades turísticas de alojamiento integradas en los CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) 55 10 de hoteles y alojamientos similares y 55 20 de alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia y además estar inscritos en el Registro General Turístico antes del 15 de marzo de 2020. Se estima que serán entre 2.500 y 3.000 las instalaciones alojativas beneficiarias.

Requisitos

Las empresas deberán acreditar haber sufrido una reducción igual o superior al 30% respecto al volumen de operaciones del año 2019.

La ayuda prevista con cargo a este programa podrá cubrir hasta el 100% del importe del IBI abonado correspondiente al año 2021 y que no esté cubierto por otras fuentes, como seguros, u otras medidas de ayuda temporal.

Dado que este programa está sujeto al Marco Nacional Temporal de Ayudas de Estado, los beneficiarios de subvenciones directas deberán acreditar que no superan el importe bruto máximo de 1.800.000 euros por empresas en la totalidad de subvenciones directas recibidas en esta u otra convocatoria con cargo al marco temporal.

También son beneficiarios si se han acogido a la modalidad de ayudas en forma de costes fijos no cubiertos, hasta un tope de 10 millones de euros en la suma de los apoyos recibidos y siempre que no se supere el 70% de los costes fijos no cubiertos, salvo en el caso de pequeñas y micro empresas que podrán llegar al 90%.

Plazos de solicitudes y cobros

El plazo de presentación de solicitudes, que se realizará exclusivamente de forma electrónica, será de veinticinco días naturales. Está previsto se inicie el próximo 10 de septiembre y se prolongue hasta el 4 de octubre de 2021, ambos inclusive.

La subvención consistirá en un único pago, cuyo abono se realizará previa justificación de los requisitos exigidos. En el caso de que la persona beneficiaria de la subvención no se corresponda con el sujeto pasivo del impuesto, además de justificar su abono, deberá acreditarse que el impuesto lo soporta de forma directa o indirecta.

Noticias Relacionadas

Otras Noticias