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27 abril 2024 5:10 am

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El calendario laboral de Canarias del 2024 al completo

Consulta los días festivos de 2024 en el calendario laboral que ha aprobado el Gobierno de Canarias para el próximo año.

Ya se conocen todos los detalles del calendario laboral 2024 de Canarias. El documento aprobado este lunes por el Gobierno de Canarias, abre el plazo para fijar las fiestas locales.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Decreto por el que se establece el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma para el año 2024, dentro del límite anual de 14 jornadas, y abrir el plazo con el fin de establecer los festivos locales.

El calendario laboral define como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas:

  • 1 de enero, Año Nuevo
  • 6 de enero, Epifanía del Señor
  • 28 de marzo, Jueves Santo
  • 29 de marzo, Viernes Santo
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
  • 30 de mayo, Día de Canarias
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, Todos los Santos
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor

Fiestas laborales por islas

Tenerife: 2 de febrero, festividad de la Virgen de Candelaria

La Palma: 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves

Gran Canaria: 9 de septiembre, lunes posterior a la festividad de Nuestra Señora del Pino.

Lanzarote y La Graciosa: 16 de septiembre, festividad de Nuestra Patrona de Los Volcanes.

Fuerteventura: 20 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de La Peña.

El Hierro: 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes.

La Gomera: 7 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe.

Los ayuntamientos de toda Canarias dispondrán de un mes, a partir del día en que el decreto debatido hoy en el Consejo de Gobierno se publique en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), para formular a la Dirección General de Trabajo sus propuestas plenarias con el objetivo de fijar hasta dos días también inhábiles, retribuidos y recuperables, con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias.

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