El Tribunal solicita igualar el gasto en dependencia al que ya se aplica en educación y sanidad
El Tribunal de Cuentas advierte de la necesaria reforma de la financiación de la dependencia y su equiparación a educación y sanidad. A la vez, recomienda a las comunidades que analicen las causas específicas que impiden cumplir con el plazo de seis meses entre la solicitud y el reconocimiento de la prestación.
Así figura en el Informe de Fiscalización de seguimiento de recomendaciones de un informe anterior sobre las medidas de gestión y control adoptadas por las comunidades para la adecuada aplicación de la Ley de Dependencia. En la misma vía, el Tribunal les recomienda también que realicen una actualización de las normas reguladoras del copago.
Las comunidades a las que se refiere el informe son las que no disponen de Órganos de Control Externo (Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y La Rioja). A ellas se les suma Andalucía, Cataluña y Baleares, según ha informado el Tribunal de Cuentas en una nota.
Las recomendaciones relativas a simplificar la identificación del usuario en el sistema y a intensificar las actuaciones formativas han sido mayoritariamente cumplidas. Sin embargo, el resto no han sido cumplidas, o solo parcialmente en la mayoría de las comunidades.
Una de estas recomendaciones se refería que tomaran las medidas de gestión y presupuestarias necesarias para poder atender a los solicitantes de las prestaciones en el plazo máximo de 6 meses que establece la ley.
Sin embargo, únicamente cuatro cumplen el plazo. Como consecuencia, un número «significativo» de solicitantes fallecieron transcurridos seis meses desde la presentación de su solicitud. Además, no contaron con el reconocimiento de la prestación.
En las ocho comunidades, esta circunstancia ha afectado a 32.944 solicitantes, que fallecieron sin tener reconocida su situación de dependencia y/o la prestación correspondiente, de un total de 122.471 que fallecieron después de transcurrido el plazo de seis meses.
Una medida que no se materializa en la práctica, según el Tribunal de Cuentas
Desde 2009 el sistema de financiación de las comunidades sitúa los servicios públicos de dependencia al nivel de la educación y la sanidad. No obstante, el informe pone de manifiesto que en la práctica no se ha materializado.
El documento se refiere también al copago que tienen que satisfacer los beneficiarios del sistema. Recuerda que, según la jurisprudencia, si las prestaciones las realiza directamente la administración deben establecerse tasas. Además, si el servicio se presta en gestión indirecta, también debe establecerse una tarifa.
La mayoría de las comunidades no ha tenido en cuenta esta doctrina. Esto ha supuesto la obligación de devolución de precios públicos pagados indebidamente en centros residenciales en cuantía superior a 30 millones de euros.
El informe recomienda una actualización de la Ley de Dependencia para adaptar el procedimiento a reformas en la legislación en materia de procedimiento administrativo común. A su vez, apunta que se debe tener siempre en cuenta las peculiaridades del derecho subjetivo reconocido por dicha norma.
También pide que los recursos presentados en materia de dependencia se resuelvan en la jurisdicción social, puesto que en la contencioso-administrativa conlleva un plazo excesivo.