201 nuevas ayudas para quienes perdieron su vivienda en la erupción de La Palma

Las ayudas, de hasta 30.000 €, por la pérdida de vivienda habitual han sido publicadas en el BOC. Se ingresarán directamente en las cuentas corrientes de las familias

201 nuevas ayudas de hasta 30.000 € para quienes perdieron su vivienda en la erupción de La Palma
Los beneficiarios tendrán un plazo de cinco días desde su publicación en el BOC por si alguno quiere renunciar a la subvención / Imagen de archivo

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la segunda resolución de concesión y abono de subvenciones a afectados por la erupción, que va a beneficiar a 201 familias con hasta 30.000 euros por pérdida de vivienda habitual.

En total, el Instituto Canario de la Vivienda (Icavi), entidad dependiente de la Consejería de Vivienda, destina 6.030.000 euros a pagar estas ayudas adicionales, con las que se refuerzan las otorgadas por el Gobierno de España y el Cabildo de La Palma con carácter de indemnización a las familias que perdieron su vivienda.

Indemnización adicional a los afectados por la erupción

Declaraciones de Sebastián Franquis, consejero de Vivienda Gobierno de Canarias

El Icavi ha destinado 7 millones de euros a abonar estas ayudas a 249 familias, ya que en la primera resolución se abonó un millón de euros a 48 familias, complementando la ayuda concedida mediante el Real Decreto-ley 20/2021 de hasta 60.480 euros, y los 10.000 euros por unidad familiar concedidos por el Cabildo palmero.

Desde la Consejería de Vivienda han comunicado que con el pago de estas ayudas del Gobierno canario “se materializa” el compromiso que adquirió el presidente Ángel Víctor Torres de conceder una indemnización adicional a los afectados por el volcán de Cumbre Vieja que perdieron su casa.

Abono en las cuentas de cada familia

El abono de las 201 nuevas ayudas se llevará a cabo directamente en las cuentas corrientes de estas familias, una vez transcurrido el plazo legal de cinco días que se da a los beneficiarios después de publicarse en el BOC por si alguno quiere renunciar a la subvención.

Las subvenciones se conceden de oficio, y la consideración de solicitante de la ayuda la otorgará el cumplimiento de dos requisitos: la inscripción en el registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, y el haber sido beneficiario de la subvención concedida de acuerdo con el Real Decreto-ley 20/2021. 

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