El TSJC ratifica la rebaja de pena de seis a cuatro años de cárcel a un hombre acusado de delito sexual en la isla de Tenerife en aplicación de la ley del «solo sí es sí»
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado un recurso de apelación interpuesto por la acusación particular contra un auto de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que rebaja la pena de seis a cuatro años de cárcel a un hombre por un delito de agresión sexual en Tenerife y en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’.
Rebaja de la pena
El auto, hecho público este martes, recoge que la sentencia original fijó la pena mínima, situada en seis años, pero ahora, con la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí, la misma denominación de «agresión sexual», rebaja la pena mínima a cuatro años.
Así, la Sala argumenta que el efecto de rebaja de la pena es «inevitable» conforme a la nueva regulación, mucho más benigna en este caso y que obliga a modificar a la baja la pena, de tal manera que avala la modificación acordada por la Audiencia Provincial.
Con este auto Canarias registra cuatro excarcelaciones y 34 reducciones de condena a personas enjuiciadas por agresión o abuso sexual en aplicación de la nueva ley del ‘solo sí es sí’.