Un juez ha archivado la demanda presentada por Vox al que había sido su representante de candidaturas ante la junta electoral. El partido no pudo presentarse a las elecciones del 23-J en la provincia de Santa Cruz de Tenerife
Vox no pudo presentarse a las elecciones del 23 de julio en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. Así, la formación presentó una demanda sobre el que fue su representante de candidaturas ante la junta electoral. Una demanda que el Juzgado de Instrucción 5 de Santa Cruz de Tenerife ha archivado.
La renuncia a última hora de los candidatos al Congreso por la provincia tinerfeña impidió que la Junta Electoral Provincial proclamara la candidatura de Vox, que se querelló contra su representante de candidaturas al acusarla de ocultar esta renuncia en bloque y no comunicarlo hasta media hora antes de que acabara el plazo legal.
Delitos no imputables
El juez Alejandro Carrillo considera que las actuaciones de la querellada, Débora Rodríguez, «no merecen reproche penal alguno». En esta línea, indica que el conocimiento que tuvo de la renuncia de los tres suplentes y un titular de la lista de Vox al Congreso de los Diputados se produjo en la noche del 25 de junio de 2023, «quedando apenas unas horas para la finalización del plazo para la proclamación definitiva de los candidatos».
«Puesta en esa tesitura a la querellada no le quedó mas opción que remitir por correo electrónico la renuncia, al encontrarse la sede de la Junta Electoral Provincial cerrada», detalla el auto. Además, la omisión de comunicación a otros representantes de Vox, teniendo en cuenta «las circunstancias concurrentes (altas horas de la noche)», no implica delito alguno.
En el análisis de los delitos de los que se le acusaba, los de administración desleal, delito electoral y el de impedimento del ejercicio de derechos cívicos, el juez señala que no son imputables a la querellada, pues ni tenía facultades para administrar un patrimonio ajeno ni la condición de funcionaria pública.
Acciones legales
En el mismo auto, el juez resuelve que no procede la imputación del expresidente de Vox en Tenerife, Manuel Ángel Molina, al considerar que no tuvo ninguna participación en los hechos objeto de la demanda, ni siquiera en la renuncia de los cuatro candidatos, que por otro lado, apostilla, «son absolutamente libres para aceptar su participación en las listas, buscar un notario para renunciar y pagar al mismo».
Vox también interpuso un recurso contencioso-electoral contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial por el que se denegó la proclamación de su candidatura en los comicios del 23-J. Un recurso desestimado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife.
Una vez conocido el archivo de la querella en su contra, el presidente y la representante de la candidatura indican en un comunicado que estudiarán la posibilidad de emprender acciones judiciales contra Vox. Partido al que acusa de señalarlos públicamente «en una práctica como la que utilizaba la banda terrorista ETA».