El Cabildo de Tenerife asegura que esta regulación se hace para garantizar la seguridad de las personas
El Cabildo de Tenerife aplicará desde este viernes, 29 de noviembre, la regulación del ascenso a la cumbre del Teide mediante un control de acceso.
Así lo indicó este miércoles la a presidenta del Cabildo de Tenerife, Rosa Dávila, que detalló que el nuevo ordenamiento “tiene como objetivos generales minimizar las imprudencias y negligencias que terminan con un rescate y, en algunos casos, con un accidente. También el control de las personas que suben al Monumento Natural del Teide, evitando con ello la masificación de los espacios y la alteración ambiental que provoca; y proporcionar una experiencia más satisfactoria y segura para los miles de personas que visitan el punto más alto de España”
“Esta iniciativa viene determinada por la necesidad de garantizar la seguridad de las personas en base a las condiciones de meteorológicas especiales que imperan en este paraje de alta montaña. Así como las exigencias necesarias de un equipamiento apropiado para poder afrontar la subida”, señala Dávila.
Rosa Dávila señaló que los permisos serán gratuitos hasta que se pueda establecer una regulación como la ecotasa que hay en el Barranco de Masca, en el que los residentes en Tenerife tendrán una bonificación del 100%. Mientras que los residentes en Canarias y los no residentes tendrán que abonar el precio que se determine.
De esta forma, se han establecido una serie de medidas para ordenar las subidas al Teide por sus senderos. Estarán sujetas a la normativa que se aplica a partir de este viernes y que tienen la aplicación TENERIFE ON del Cabildo (https://www.tenerifeon.es) como eje y referencia obligatoria. Estas medidas serán revisadas durante los próximos meses con el fin de adecuar las mismas a la situación que se vaya detectando y con el objeto de incorporar mejoras.
Condiciones de subida
Los visitantes tendrán que ser conscientes de que afrontarán una actividad de alta montaña. Y por ello, se aplica la obligatoriedad de registrarse telemáticamente en la aplicación TENERIFE ON. En este caso, los accesos a los senderos estarán sujetos a un régimen de comunicación previa/autorización. A través de la central de reservas de la plataforma TENERIFE ON.
Emitido el documento de reserva/permiso, éste se imprimirá en papel o se guardará en el dispositivo móvil. Deberá llevarse consigo para mostrarlo las autoridades de vigilancia, presentes en los puntos de control de entrada a los senderos. Los accesos que se controlarán serán Sendero Nº7 (Montaña Blanca-Pico del Teide), Sendero Nº11 (Mirador de la Fortaleza), Sendero Nº23 (Regatones Negros) y Sendero Nº9 (Teide-Pico Viejo).
Equipamiento obligatorio
Los usuarios, senderistas y montañeros deberán dotarse de un equipamiento mínimo de carácter obligatorio. Tanto en el calzado como en las prendas de abrigo y otros elementos auxiliares necesarios y mínimos para una situación de riesgo en alta montaña inverna. Como calzado de montaña adecuado, abrigo, manta térmica, agua, móvil con batería cargada y frontal. Cuando sea requerido por parte del personal del Cabildo, las personas tendrán que enseñar el equipamiento señalado. Sin ese equipo no podrán emprender el ascenso.
El equipamiento obligatorio ha sido supervisado por el Grupo de Rescate Especial de Intervención en Montaña (GREIM) de la Guardia Civil. Y por el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife.
Control, vigilancia y multas
Se hará un control y vigilancia por parte del personal del parque durante las 24 horas del día en determinados puntos de control que exigirá el cumplimiento de la normativa y condiciones. Tanto en cuestión del equipamiento obligatorio como de las autorizaciones necesarias e imprescindibles. Las personas que incumplan la normativa podrán ser sancionados con una multa de 600 euros. A esa cantidad habrá que sumarle, en su caso, las tasas por rescate del Gobierno de Canarias o del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife. Oscilan entre los 2.000 y los 12.000 euros.
Se establecerá un cupo máximo de personas que puedan acceder a la montaña. Se ha establecido provisionalmente en 300, divididas en tres tramos horarios (a razón de 100 personas por tramo). Los horarios son de 9:00 a 16:00 horas, de 16:00 a 00:00 horas y de 00:00 horas a 9:00 horas.
Este sistema puede variar en función de su puesta en marcha. Las empresas y los guías legales y capacitados para llevar grupos en alta montaña tendrán un cupo reservado para poder desarrollar su actividad. Las empresas de turismo activo tendrán disponible un 20% de las plazas.
Limitaciones y prohibiciones de subida
Se tendrán en cuenta las situaciones relativas a las condiciones meteorológicas. Sobre ello, en situación de normalidad, esto es sin alertas señaladas, los usuarios se regirán por las condiciones normales de la visita, que son las de autorización obligatoria para una franja horaria más el control de verificación del equipamiento a la entrada del sendero.
También en situaciones de alerta oficiales por Fenómenos Meteorológicos Adversos (PMA) declarados por el Gobierno de Canarias en aplicación del PEFMA (Prealerta, Alerta y Alerta Máxima) y que afecten al ámbito de los citados senderos del Parque Nacional del Teide (por lluvias, nevadas, vientos y/o tormentas).
En condiciones de Prealerta, se prohibirá el acceso al público en general entre las 16:00 y las 9:00 horas mientras esté vigente la declaración. Evitando las horas nocturnas de estancia en la montaña. Por otra parte, en situaciones de alerta y alerta máxima, se prohibirá el acceso al público en general. Y se cerrarán los senderos las 24 horas de día mientras que esté vigente la declaración.
Apunta el Cabildo que es de destacar, además, por cuestiones meteorológicas adversas, aun no habiendo sido advertidas ni alertadas (principalmente por presencia de hielo, nieve, viento y heladas) o por cualquier otra circunstancia que deje impracticable o sin unas mínimas garantías de seguridad para transitar por los senderos de subida o ascenso al pico del Teide, la Dirección del Parque Nacional podrá prohibir el acceso a dichos senderos procediendo a su cierre por el tiempo que sea necesario. Esta decisión contempla no permitir el acceso a aquellas personas que hubiesen obtenido previamente el permiso y/o autorización.
La normativa reguladora y de control de acceso al Teide contempla la colocación estratégica de una señalización en idiomas de todas las condiciones en los inicios de los diferentes senderos, advirtiendo a su vez de la sanción correspondiente si se vulneran.
Casos diferenciados
En las condiciones anteriormente citadas, tendrán un tratamiento especial y diferenciado los montañeros federados y las empresas de turismo activo. Los montañeros federados deberán justificar convenientemente su capacidad, disponer de los medios adecuados y precisos y podrán solicitar un permiso especial cuando el terreno estuviese cubierto de hielo o nieve.
En cuanto a las empresas de turismo activo, deberán estar legalmente constituidas y reconocidas por la Administración autonómica y contar con guías de montaña habilitados y cualificados para guiar en la alta montaña del Parque Nacional del Teide en las condiciones que se exigen.
En donde no habrá ningún tipo de excepciones es en el registro obligatorio de personas que quieran acceder al Pico. Todas deberán cumplir con la exigencia de la autorización y el equipamiento exigido.
En la actualidad, se puede acceder desde La Rambleta (parte alta del Teleférico del Teide, 3.555 metros) al pico del Teide (3.718 metros) a través del sendero Telesforo Bravo.
Para ello, las personas que deseen realizar ese recorrido tienen que tramitar el pertinente permiso, tal y como se ha venido haciendo hasta el momento. Toda la información sobre los trámites a realizar está en la web https://www.volcanoteide.com/es
Reacción de las empresas de Turismo Activo
Para las empresas de Turismo Activo la decisión de regular el acceso a pie de subida al Teide no es la solución.