En cuanto al toque de queda, la Sala entiende que «nos hallamos aquí ante un verdadero confinamiento por la sola razón del horario»
Asimismo, ratificó la limitación de un número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales en espacios de uso público y privado. Tanto cerrados como al aire libre. Así como la limitación a la permanencia de personas en lugares de culto. En este último caso, «la libertad religiosa se ve afectada sólo en los aspectos accesorios».
Así lo recoge un auto emitido este domingo tras deliberar durante toda la jornada de este sábado y la mañana de este domingo.
En cuanto al toque de queda, la Sala entiende que «nos hallamos aquí ante un verdadero confinamiento por la sola razón del horario». Mientras agrega que si lo que quiere es evitar determinadas conductas que puedan entrañar un mayor riesgo para la salud pública porque se considera que las mismas habitualmente por costumbre social se desarrollan de noche, «cuentan los poderes públicos con otros instrumentos jurídicos de intervención menos lesivos».
Respecto a la limitación de entrada y salida de las islas que estén en nivel 3 y 4, los magistrados observan que las excepciones contenidas no están lo suficientemente motivadas y contienen una cláusula de cierre. «Es el parecer mayoritario de la sala que debe negarse a su ratificación por considerar no suficientemente justificada la afectación negativa de los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14, 17 y 19 de la Constitución», recoge el Auto.