Los hechos ocurrieron en enero de 2020. La mujer trató de asesinar a su madre, de 78 años. La golpeó y encerró en su cuarto y después prendió fuego a la vivienda en la que residía en la capital grancanaria
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena de 18 años de cárcel impuesta a una mujer que trató en enero de 2020 de asesinar a su madre, de 78 años. La víctima fue golpeada y encerrada en su cuarto. Su hija después prendió fuego a la vivienda en la que vivía sola, en la capital grancanaria.
Según la sentencia de la Sala de lo Penal del TSJC, difundida este martes, se confirma en todos sus términos la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia de Las Palmas contra la procesada. La sentencia es por un delito de incendio y otro de asesinato intentado al haber rechazado los seis motivos que expuso en su recurso de apelación.
El TSJC rechaza que padeciese un trastorno psíquico
A la condenada se le impuso también la prohibición de aproximarse a su madre durante 23 años. Además tiene que pagar una indemnización de 12.024 euros por los daños causados en su vivienda y de 10.000 por los daños morales y psíquicos que sufrió su progenitora. La madre pudo salvarse, ya que sus gritos fueron escuchados por los vecinos del edificio en que el vivía, que la salvaron.
La sala ha rechazado que la encausada pudiera padecer un trastorno de carácter psíquico que pudiera llevar a considerar la admisión y práctica de una segunda pericial médico forense, ya que no existe principio de prueba que indique esa necesidad, pues se demostró que su capacidad volitiva y cognitiva se encontraba «intacta».
Así mismo, ha desestimado que se tratara de un delito de daños y que la pena impuesta fuera desproporcionada. Argumentan que la procesada aplicó fuego a la vivienda, lo que puso en riesgo la vida de personas, en este caso su madre, como exige el tipo penal impuesto.
No existía voluntad de matar pero se sustenta ánimo homicida
En el recurso se señalaba también que no existía voluntad de matar y que no quedó acreditado y que tampoco hubo alevosía. Sin embargo la Sala afirma que en los hechos probados se sustentan tanto el ánimo homicida como que la víctima no pudiera defenderse, pues atacó y encerró en un cuarto a su madre y después prendió fuego a la casa.
Las acciones de la encausada denotan «la intención de matar o al menos tuvo que plantearse» que su acción podía conducir necesariamente a causar un grave daño a su madre y que podría ser la muerte.
Según la sentencia del TSJC, la recurrente se aprovechó de la especial situación de desamparo en la que se encontraba su madre, que dada su edad y el golpe en la nuca recibido, le impedían reacción defensiva, por lo que concurre la alevosía por desvalimiento como apreció la Audiencia de Las Palmas, entre otras consideraciones.