La ley obliga a que ningún sexo tenga un peso inferior al 40% en direcciones y consejos de empresas, Gobierno y Tribunal Constitucional
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la ley de Representación Paritaria (ley de paridad) en que obliga a que ningún sexo tenga un peso inferior al 40% en direcciones y consejos de empresas, miembros del Gobierno, candidaturas electorales y órganos como el Tribunal Constitucional.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha destacado que esta norma garantizará la paridad en los órganos de decisión públicos y privados y supone un «paso más» en el camino de la igualdad de género, uno de los «vectores que guía la acción del Gobierno».
La norma, que se llevó en primera vuelta al Consejo de Ministros el pasado mes de marzo, obliga a las empresas a tener consejos y direcciones paritarias, es decir con un mínimo del 40% de mujeres, algo que también aplica a las candidaturas electorales y a los miembros del Gobierno, así como a los colegios profesionales y a los jurados de premios o reconocimientos de carácter público.
La obligación afecta a sociedades cotizadas y entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50.000.000 de euros o activos por 43.000.000.
Ese principio de representación equilibrada afectará asimismo a órganos constitucionales y de relevancia, como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial.
Las mujeres en los consejos de las sociedades cotizadas en España representan el 29,3%
Los organismos encargados de velar por el cumplimiento de las obligaciones de representación paritaria en sociedades cotizadas y entidades de interés público serán la CNMV y el Instituto de las Mujeres, respectivamente.
Las empresas tendrán varios plazos para adaptar la ley de paridad en función de su tamaño: a partir del 30 de junio de 2024 para las 35 sociedades con mayor valor de capitalización bursátil, desde el 30 de junio de 2025 para las cotizadas con una capitalización bursátil superior a los 500.000.000 y un año después para el resto.
En el caso de las empresas grandes no cotizadas, deberán cumplir con el objetivo del 33% a finales de junio de 2026 y del 40 % a finales de junio de 2028.
Actualmente, la presencia de mujeres en los consejos de administración de las sociedades cotizadas en España se sitúa en el 29,3% (357 consejeras de un total de 1.220), y se limita al 19,6% en el caso de la alta dirección (excluidas altas directivas consejeras).
En el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada Ministerio deberán incorporar también este principio de representación equilibrada en los próximos cinco años, hasta 2028.
Se proporciona un plazo adicional de adaptación hasta el 30 de junio de 2026
La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal. En el caso de entidades de interés público, consejos generales y colegios profesionales que no cumplan el umbral del 40% tendrán que justificar los motivos y corregirlo.
Dado el diferente punto de partida, ha explicado el Gobierno, se proporciona un plazo adicional para la adaptación hasta el 30 de junio de 2026 en las juntas de gobierno de los consejos generales y los colegios profesionales.
También se deberán presentar listas cremallera en los procesos electorales y ningún sexo deberá tener una representación inferior al 40% en el Consejo de Ministros.
El Gobierno remite ahora al Congreso el texto como proyecto de ley para continuar con su tramitación dando cumplimiento a la trasposición de la directiva europea relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y medidas conexas.
España, ha destacado Calviño, asume «una posición de liderazgo» a la hora de incorporar a su ordenamiento las normas y recomendaciones internacionales relativas a la igualdad de género.