El TSJC revoca la condena de cinco años de prisión por abuso sexual

El TSJC absuelve a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su hijo de 16 años. El acusado había sido condenado a cinco años de prisión

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha presentado este lunes la sentencia donde se estima el recurso presentado por la defensa de un condenado a cinco años de prisión por abusos sexuales. En dicha sentencia revoca la condena impuesta por la Audiencia de Las Palmas.

El TSJC revoca la condena de cinco años de prisión por abuso sexual
El TSJC revoca la condena de cinco años de prisión por abuso sexual (Archivo)/ RTVC

La sentencia se ha efectuado mediante voto particular.

El TSJC formula esta nueva sentencia debido al conocimiento previo de los casos de delitos sexuales. Este conocimiento está basado en sentencias previas. Asimismo, desatacan que la declaración de la víctima puede ser prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia, según la jurisprudencia.

El testimonio se debe de justificar de forma sólida y objetiva

Han resaltado la importancia de la inmediación en el juicio y la valoración crítica de la prueba. Además, se mencionan criterios de valoración de la declaración de la víctima, como la verosimilitud, la ausencia de incredibilidad subjetiva y la persistencia en la incriminación.

Por otro lado, el Tribunal señala que es necesario una valoración detallada y objetiva del testimonio. Explican que el testimonio de la víctima puede ser suficiente para fundamentar una condena pero este se debe de justificar de forma sólida y objetiva.

El condenado es absuelto de los cinco años de prisión

El Tribunal ha argumentado que se considera que la madre del menor no aporta elementos corroboradores suficientes. Aunque su testimonio sí que aclara dudas que respaldan las afirmaciones del menor. De igual forma, la buena relación entre la madre y el acusado no ofrece motivos para dudar de su testimonio.

No obstante, la declaración del menor fue respaldada por pruebas periciales psicológicas, que aportaron valor probatorio indiscutible.

Finalmente, el tribunal ha fallado en favor del acusado, absolviéndolo de los cargos impuestos por la Audiencia de Las Palmas.

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