El Supremo confirma la condena del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recurrida por parte de los padres, por violar y maltratar física y psicológicamente a su hija de tres años en Las Palmas de Gran Canaria
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 16 años de prisión a un hombre y una mujer por someter a su hija de tres años a un triple abuso moral, físico y sexual con violentas palizas, insultos y amenazas por parte de la madre y violaciones del padre en su casa de Las Palmas de Gran Canaria.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza los recursos de la pareja contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que confirmó otra de la Audiencia de Las Palmas.
Además de la pena de prisión, el tribunal ratifica la prohibición de acercarse y comunicarse con la menor durante 16 años.
Dos parientes de la acusada, su hermana y una sobrina, que convivían con la familia, denunciaron os hechos. Ambas presenciaron varias palizas sufridas por la niña y decidieron grabar desde el cuarto de al lado el sonido de uno de esos episodios.
«Toda clase de insultos y desprecios»
Todo ocurrió entre enero y mayo de 2016, periodo en el que la niña, fue objeto de continuos malos tratos físicos y psicológicos por parte de su madre. En concreto, la madre la golpeaba y profería contra la pequeña «toda clase de insultos y desprecios, con fuertes gritos y amenazas varias».
Así sucedió el 26 de mayo de 2016 cuando golpeó e insultó a su hija al grito de «tonta; boba de mierda; eres un callo; cabrona; hija de puta». Y también con expresiones vejatorias como «a llorar al parque; cállate yaaaa tonta; estoy de ti hasta los cojones; eres una amargadura; gallina; siempre lo mismo, la mierda esta».
De estos hechos era plenamente consciente el padre, que consentía los malos tratos a la menor. En su habitación ambos consumían drogas -crack y hachís-. En esa misma línea, la bañaban solo una vez a la semana y la alimentaban de manera deficiente.
Abusos sexuales
Pero además del maltrato, la menor fue víctima de abusos sexuales por parte de su padre en reiteradas ocasiones. Una situación de la que era plenamente consciente la madre, quien lo facilitaba y consentía.
En sus recursos, los padres alegan que la menor no declaró en el juicio oral, ni fue oída en la prueba anticipada.
Pero el Supremo recuerda que «atendiendo a los informes periciales, que aconsejaron la no reiteración de las vivencias derivadas de los hechos en la menor, dada su edad, se dispuso que sus manifestaciones se practicaran con las personas y médicos especialmente dispuestos para asegurar el menor daño posible en el desarrollo de la personalidad de la menor y, además, que fueran grabadas».
Un hecho, dicen, que revela la sensibilidad del tribunal y del juzgado con la menor. Pretenden así evitar los efectos perturbadores en su desarrollo y los problemas de una victimización secundaria.