La condena fue por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con las agravantes de parentesco y razón de género, además de los delitos de daños mediante incendio y maltrato animal
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la sentencia por la cual la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a 25 años de prisión a un hombre que en 2019 mató a su expareja y al perro de esta prendiéndoles fuego dentro de un coche en La Laguna.
La condena a 25 años de prisión fue por un delito de asesinato cualificado por alevosía y ensañamiento, con las agravantes de parentesco y razón de género, en concurso ideal con los delitos de daños mediante incendio y maltrato animal, y la confirmación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es recurrible ante el Tribunal Supremo.
La sentencia ahora confirmada, impuso además al acusado pena de 10 años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena a prisión y la obligación de pagar indemnizaciones por valor de 240.000 euros.
La sala de lo penal del TSJC ha desestimado el recurso de la defensa, que alegaba vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias entiende que el jurado valoró en conciencia las pruebas y emitió un veredicto de culpabilidad con todas las garantías, plenamente fundamentado y razonado.
La resolución de la segunda instancia confirma el relato de hechos declarado probado por el jurado, según el cual el 16 de enero de 2019, sobre las 16,50 horas, el acusado se encontraba en el interior de un automóvil que, conducido por la víctima, circulaba por el Camino Fuente Cañizares, en La Laguna.
«En un momento dado», exponía el jurado, «el vehículo desvió su trayectoria y terminó colisionando con una farola». En el interior del turismo y «con intención de matarla», el hoy condenado roció a su expareja con gasolina y «prendió fuego, causando su muerte que se produjo por la inhalación de humo y las quemaduras producidas en su cuerpo, que acabó calcinado dentro del vehículo».
A juicio del tribunal popular, el acusado, consciente de que impedía la defensa de la mujer, «vertió gasolina sobre ella y la incendió en el interior del vehículo, mediante una acción sorpresiva, al hacerlo mientras conducía o en el momento inmediato a la colisión».
También señala el Tribunal Superior de Justicia de Canarias que el victimario y la víctima habían mantenido una relación de pareja por tiempo aproximado de diez años.
Esa relación había terminado tiempo antes de estos hechos, aproximadamente unos tres años, aunque ambos continuaban en contacto.
«En ocasiones ella auxiliaba económicamente a él, y, especialmente, le ayudaba a cuidar de su perro», destaca.
El jurado declaró probado que el acusado había causado la muerte de su expareja «al no consentir que como mujer pudiera llevar una vida independiente, no aceptando perder el control sobre ella, ni que pudiera ser feliz junto a otra persona que no fuera él».
Además de acabar con la vida de ella, el incendio destruyó el vehículo y provocó la muerte del perro de la pareja, que se encontraba en la parte trasera del vehículo y resultó abrasado por el fuego.
El acusado, al provocar el fuego, «era consciente de la presencia del animal, así como del riesgo que con su acción causaba para su salud o vida, pese a lo cual le resultaba indiferente el daño que pudiera generar a su mascota», concluye el relato de hechos probados.