Los semáforos y niveles se mantienen en todas, con diversos criterios en torno a la restauración, práctica deportiva y visita a centros sanitarios
Tras la conclusión de la Semana Santa, la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha realizado algunas modificaciones a las medidas restrictivas aplicadas en las islas desde mediados de marzo como consecuencia de la actual situación de pandemia y, posteriormente, con la llegada de los días festivos. Este que sigue es el estado en el quedan las distintas islas, en lo que se refiere a las medidas más llamativas. Estas normas se mantendrán al menos una semana más.
Nivel 3 (Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura)
- Limitada la circulación entre las 22.00 y las 6.00 horas
- Aforo máximo en espacios públicos o privados: 4 personas, salvo convivientes
- Establecimientos de hostelería y restauración: máximo 4 personas/mesa. Cierre del local, antes de las 22 horas, con un máximo del 50% de aforo en sus terrazas. No está permitido el servicio ni en el interior ni en barra.
- La actividad deportiva en el interior de las instalaciones queda limitada al 33% de su aforo y en el exterior puede haber un máximo de 4 personas por grupo, incluido el monitor, si no puede mantenerse la distancia de 2 metros. El aforo máximo es del 50% en cada estancia exterior.
- En el transporte público, el aforo se queda reducidoal 50%, tanto el terrestre urbano como el metropolitano.
- En hospitales y centros sociosanitarios, las visitas y salidas de residentes están suspendidas, salvo situación necesaria y a criterio facultativo o del centro.
- Las salidas por mar y aire de estas islas sólo se permiten por causa justificada
- Los congresos, encuentros, juntas y reuniones sólo pueden desarrollarse telemáticamente
Nivel 2 (Lanzarote y La Graciosa)
- Limitada la circulación entre las 22.00 y las 6.00 horas
- Aforo máximo en espacios públicos o privados: 6 personas, salvo convivientes
- Establecimientos de hostelería y restauración: máximo 6 personas/mesa y 4 en el interior. Cierre del local, antes de las 23 horas, con un máximo del 75% de aforo en sus terrazas y un 50% en el interior. No se admiten más de dos personas por barra.
- La actividad deportiva en el interior de las instalaciones queda limitada y puede haber un máximo de 6 personas por grupo, incluido el monitor, si no puede mantenerse la distancia de 2 metros. El aforo máximo es del 75% en cada estancia.
- La actividad deportiva federada está permitida con más de 10 personas y sin superar el máximo necesario para el desarrollo de la misma.
- En el transporte público, el aforo se queda reducido al 50%, tanto el terrestre urbano como el metropolitano.
- En hospitales y centros sociosanitarios, las visitas están limitadas bajo supervisión del centro.
Nivel 1 (La Palma, La Gomera y El Hierro)
- Limitada la circulación entre las 00.00 y las 6.00 horas
- Aforo máximo en espacios públicos o privados: 10 personas, salvo convivientes
- Establecimientos de hostelería y restauración: máximo 10 personas/mesa y 6 en el interior. Cierre del local, antes de las 00 horas, con un máximo del 100% de aforo en sus terrazas y un 75% en el interior. No se admiten más 4 personas por barra.
- La actividad deportiva en el interior de las instalaciones queda limitada y puede haber un máximo de 6 personas por grupo, incluido el monitor, si no puede mantenerse la distancia de 2 metros. El aforo permitido es del 100% en cada estancia.
- La actividad deportiva federada está permitida con más de 10 personas y sin superar el máximo necesario para el desarrollo de la misma.