El TSJC confirma la condena de un hombre por abusos sexuales a una menor

Según los hechos avalados, los abusos comenzaron cuando la víctima tenía 7 años y se prolongaron hasta 2021, años después de haber roto con su madre

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado anular la condena de 12 años de cárcel y pago de 10.000 € impuesta a un hombre por delitos de abusos sexuales continuados del que fue víctima una menor, hija de su expareja, y que se extendieron a lo largo de 8 años.

El TSJC confirma la condena de un hombre por abusos sexuales a una menor. (Archivo) Palacio de la Justicia.
El TSJC confirma la condena de un hombre por abusos sexuales a una menor. (Archivo) Palacio de la Justicia.

El procesado mantuvo una relación con la madre de la niña desde 2007 hasta 2019. Según los hechos avalados por el auto del TSJC, los abusos comenzaron cuando la víctima tenía 7 años y se prolongaron hasta 2021, años después de haber roto con su madre.

Ante el TSJC, la defensa alegó que la única prueba que existe es la declaración de la víctima, que contiene ”contradicciones y diversas ambigüedades”.

El TSJC respalda las conclusiones de la Audiencia Provincial

Añade que los hechos no se denunciaron durante los 8 años en los que duraron los abusos, sin que nadie percibiera nada. Además, alega motivos ”espurios, no reconocidos” en la resolución recurrida, dado que tras la separación la menor perdía por segunda ocasión en su vida, la figura paterna.

El TSJC responde que el error del recurrente consiste en quitar importancia a la valoración de la declaración de la víctima y entender que supone un ataque a la presunción inocencia el hecho de que el tribunal asuma su declaración.

Sin embargo, el TSJC respalda las conclusiones a las que se llegó en la Audiencia Provincial tras el juicio en cuanto que tuvieron acceso directo a las declaraciones, testimonios y pruebas.

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La niña presenta desajustes psicológicos

Como consecuencia la niña presenta desajustes psicológicos, comportamientos impulsivos, autodestructivos, imprudentes, hostiles, agresivos y desafiantes, depresiones, ideas suicidas, ansiedad social, quejas somáticas y problemas de sueño.

Los forenses también comprobaron que, a nivel social, la joven confiesa sentirse rechazada, aislada y poco integrada con sus compañeros.

El procesado estaba en libertad con retirada de pasaporte

Tras la denuncia de los hechos por la madre, el procesado ingresó en prisión provisional hasta agosto de 2022. En ese momento, quedó en libertad con retirada de pasaporte, prohibición de salir del territorio nacional, de aproximarse a la joven o comunicarse con ella y obligación comparecer en el Juzgado cada 15 días.

La Audiencia dio plena credibilidad al relato de la víctima que estuvo fortalecido por el testimonio de la madre, que fue a quien la niña contó lo ocurrido, y confirmó que dejaba a los niños al cuidado del hombre cuando iba a trabajar y que tras la ruptura los hijos visitaban el domicilio del procesado.

Se presentaron conversaciones telefónicas grabadas como pruebas. En ellas, el hombre no negaba los hechos pero eludía confirmarlos por miedo a ser descubierto. Asimismo, se analizaron restos biológicos en la cama donde fue agredida por última vez como pruebas de ADN.

La Fiscalía pedía que se aplicara la ley orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual. Con ella, el procesado se procesaría como autor de una agresión sexual continuada a menor. Sin embargo, la Sala optó por aplicar los abusos según las leyes vigentes en aquellos momentos.

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