La Audiencia Provincial adopta esta medida al considerar que el daño medioambiental causado en el barranco es irreparable.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha declarado la imposibilidad de restaurar el equilibrio ecológico perturbado por la extracción ilegal de áridos en los barrancos de Güímar, por lo que sustituye la obligación de restablecer el medio natural por la de indemnizar por daños y perjuicios.
Los responsables de estas indemnizaciones son Antonio Plasencia, José Enrique Morales y Pedro Sicilia, condenados en enero de 2016 por delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente.
En el auto, la sala da traslado al Gobierno de Canarias, al Consejo Insular de Aguas y a la acusación particular personal en el procedimiento para que en el plazo de 10 días presente valoración detallada de los daños y perjuicios sufridos.
La sala recuerda que la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que aunque las sentencias se ejecutarán en sus propios términos, si la ejecución resultarse imposible, el juez o el tribunal adoptará las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad para ejecutarlas o fijará la indemnización que sea procedente para garantizar su cumplimiento.
Agrega que la imposibilidad absoluta de la restitución «in natura» de los terrenos afectados por las extracciones permite la aplicación del artículo 18 de la Ley del Poder Judicial y sustituirla por una indemnización obligatoria respecto a cada una de las canteras objeto de explotación ilegal.
Además señala que el Ministerio Fiscal había solicitado ante la mora procesal de los condenados y responsables civiles en el cumplimiento de sus obligaciones, la indemnización de los daños y perjuicios.
En el auto, se alude al informe de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático del Gobierno de Canarias en el que, en referencia a las propuestas presentadas por los condenados, concluye que la restauración de estas canteras de forma independiente o en un plan coordinado previo y bajo la fórmula del simple rellenado de los huecos existentes supondría «un impacto ambiental de tales dimensiones que superaría con mucho los limitados beneficios».
«Sin lugar a dudas, se podría hablar de una auténtica catástrofe aambiental con múltiples consecuencias», indica el informe medioambiental recogido en el auto judicial y en el que también se alerta de los perjuicios para la contaminación atmosférica, el cambio climático o la salud que supondría los mínimos 1,71 millones de viajes de camión que habrían que realizarse para rellenar los huecos dejados en seis canteras.
Para evaluar la cuantía de las indemnizaciones, el auto judicial indica que no puede ser otro que el delimitado en la sentencia de 2016 y en la que se señala que las actuaciones llevadas a cabo por alguno de los acusados en los respectivos yacimientos de áridos tuvieron lugar en una gran superficie del cauce de varios barrancos de la zona suroccidental del Valle de Güímar, dentro de la cuenca hidrográficas del barranco de Badajoz que es de titularidad pública y uno de los cauces hidráulicos con mayor volumen de acarreos de Tenerife.
El auto cita los efectos sobre el suelo agrícola, sobre el deterioro ambiental de la zona así como en el sistema de drenaje de los barrancos, entre otras repercusiones.