El hermano de Pedro Sánchez procesado por tráfico de influencias y prevaricación

David Sánchez ha sido procesado junto a 10 personas más por presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias

La jueza que investiga la adjudicación de una plaza en la Diputación de Badajoz a David Sánchez, hermano de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, ha decidido procesarle a él y a otras 10 personas. Entre ellas, se encuentra el presidente de la institución provincial, Miguel Ángel Gallardo, por los presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

El hermano de Pedro Sánchez procesado por tráfico de influencias y prevaricación. (ARCHIVO) David Sánchez.
El hermano de Pedro Sánchez procesado por tráfico de influencias y prevaricación. (ARCHIVO) David Sánchez.

En el auto de procesamiento, que puede ser recurrido, se argumenta que David Sánchez, teniendo «conocimiento previo» de que el puesto de Coordinador de las Actividades de los Conservatorios de la Diputación se había «creado para él», se presentó a la convocatoria «e hizo la entrevista para simular la legalidad formal del procedimiento, siendo el principal beneficiario del mismo».

También procesada Luis María Carrero

La jueza también procesa a Luis María Carrero, quien fuera empleado del Ministerio de Presidencia y posteriormente jefe de Coordinación de Actividades Transfronterizas de la institución provincial.

En su auto de procesamiento, la jueza considera que la creación del puesto de trabajo de ‘coordinador de las Actividades de los conservatorios’ de la Diputación de Badajoz fue «a petición, seguramente, de persona o personas» del entorno de David Sánchez que «conocían la necesidad» de éste, quien «en ese momento carecía de trabajo estable».

Además, la creación de dicho empleo, decidida por Miguel Ángel Gallardo, y las entonces diputada de Cultura, Cristina Núñez, y la directora del Área de Cultura, Elisa Moriano, tenía como «objetivo» de que fuera ocupado por David Sánchez.

Tráfico de influencias

La jueza entiende que existen indicios de que David Sánchez habría utilizado influencia en la Diputación de Badajoz para obtener un beneficio propio «al obtener que se adaptaran las condiciones de su puesto a sus referencias personales», como no tener que acudir diariamente a un despacho.

También por conseguir que la persona que extraoficialmente ya le ayudaba, refiriéndose a Luis María Carrero, fuera contratada por la Diputación, y, a su vez, que este último accediera a «un puesto creado con la finalidad de serle adjudicado de forma directa mediante la forma de provisión de comisión de servicios».

Por su parte, Carrero habría utilizado la influencia derivada de «su amistad íntima» con Sánchez para conseguir la creación y posterior acceso al puesto de Jefe de Sección de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas.

En este sentido, la jueza incide en que, según la Ley de Función Pública de Extremadura, la cobertura mediante Comisión de Servicios se debe realizar cuando un puesto de trabajo “quede vacante” o se considera «urgente e inaplazable» dicha necesidad.

Sin embargo, «no es que el puesto quedara vacante, sino que fue creado» y tampoco se motiva «la urgente e inaplazable necesidad». «No debe utilizarse la comisión de servicios para reclutar a quien goza del favor de determinadas personas», asevera la jueza.

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Prevaricación administrativa

En su auto, la jueza asevera que «crear una plaza pensando en un candidato en concreto constituye delito de prevaricación», como así queda expuesto en todo el proceso, desde la propuesta de creación del puesto de ‘Coordinador de actividades de los conservatorios», con fecha de octubre de 2016, hasta la resolución del presidente de la Diputación, Miguel Ángel Gallardo, para contratar a David Sánchez.

Similar marco punible se da con la propuesta de creación del puesto de la ‘Jefatura de Sección de Coordinación de Centros y Programas de Actividades Transfronterizas’, empleo que recayó en Luis María Carrero.

«Las funciones del puesto -en referencia a los dos- no deben responder a las preferencias personales del que lo ocupa».

«Una falta de explicación racional y mínimamente verosímil de los hechos»

Además, entiende que de los testimonios y declaraciones se desprende «una falta de explicación racional y mínimamente verosímil de los hechos por los investigados», una «celeridad en los trámites» y parece «inimaginable que los cargos inferiores tomen decisiones importantes sin el conocimiento de su superior».

«No es verosímil que ese hecho no fuera conocido» por Gallardo ni por los directores y diputados de Cultura y el resto de investigados.

Aunque Pedro Sánchez no era presidente del Gobierno cuando se creó el puesto, «sí que había sido secretario general del PSOE entre 2014 y 2016, y volvió a serlo en mayo de 2017», expone la jueza.

Asimismo, apunta que el máximo responsable político de la Diputación «debió tener intervención directa en dicha decisión a petición de persona o personas relacionadas con el entorno más cercano a David Sánchez».

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