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20 abril 2024 7:39 am

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La Junta Electoral estudia exigir el DNI para votar por correo

La Junta Electoral Central (JEC) estudia la conveniencia o no de exigir el DNI en las oficinas de Correos para votar de esta forma en toda España. Una modalidad de ejercer el voto que ha aumentado cara a las elecciones del 23 de julio

Imagen archivo

La decisión de estudiar el poder pedir el DNI para votar por correo surge después de que se haya reabierto el debate con el presunto fraude de compra de votos por correo en Melilla en las pasadas elecciones municipales.

Aumento petición votos por correo

Fuentes de la JEC han señalado que la Junta analizará esta opción que está sobre la mesa y que podría adoptar de oficio, sin necesidad de que lo reclamara ningún partido político, asociación o persona física o jurídica.

Aumentan las solicitudes para votar por correo de cara a las elecciones del 23 de julio. En las generales de 2016, también en verano, votaron por correo casi un millón y medio de personas y se prevé que en esta ocasión se superen estas cifras. En Canarias, los sindicatos exigen unas 400 contrataciones para garantizar eL servicio.

Informa: Isaac Tacoronte / Kike Ayra. Vídeo RTVC

Y es que ante el aumento de solicitudes de voto por correo, toda vez que las elecciones generales se han convocado en pleno periodo vacacional, el 23 de julio, algunas formaciones políticas han dirigido sus miradas hacia la JEC para que pueda extender a toda España la resolución que acordó para Melilla y que exigía el DNI cuando los votos por correo se dirigían a las Mesas electorales de esta ciudad autónoma.

Sin embargo adoptar una resolución en este sentido, supondría un retoque en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la JEC aclaró recientemente en otra resolución que no puede modificar la legislación y que son las Cortes o el Gobierno el que debe hacerlo.

«La administración electoral debe aplicar los procedimientos dispuestos en la legislación electoral en tanto no sean modificados por el legislador. Cualquier modificación que se quiera hacer deberá dirigirse a las Cámaras legislativas o al Gobierno, como titulares de la potestad de la iniciativa legislativa», señaló el 25 de mayo.

Garantizar la transparencia

No obstante, como máxima autoridad electoral encargada de garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral puede adoptar una resolución de oficio, hacer declaraciones institucionales o cursar instrucciones de obligado cumplimiento a las Juntas Electorales Provinciales.

Por otra parte, el plazo para solicitar el voto por correo, que se abrió el 30 de mayo, está abierto hasta el 13 de julio, incluido, y en la solicitud tiene que indicarse a qué dirección quiere el elector que le lleguen las papeletas y sobres.

Una vez que reciba las papeletas el solicitante tiene hasta el 19 de julio para depositar el sobre en cualquier oficina de Correos.

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