La pena pasa de tres años y medio a un año y cuatro meses por una reforma legal
El Tribunal Supremo ha rebajado la condena al joven que instigó un motín en un centro de acogida de menores en Gran Canaria. La nueva pena queda fijada en un año y cuatro meses de prisión, frente a los tres años y medio iniciales.

Los hechos se remontan a la noche del 8 de febrero de 2021, cuando el joven, junto a otros cuatro menores, organizó una revuelta en el complejo Puerto Bello, ubicado en Puerto Rico, en Gran Canaria. Iban armados con palos, cadenas y cristales, y lograron que una veintena de jóvenes se unieran a ellos.
Violencia y destrozos en el centro
Durante el motín, los participantes causaron daños en todas las plantas del edificio. Lanzaron objetos y provocaron que los educadores se escondieran para evitar agresiones. Además, construyeron barricadas y derramaron agua con jabón para impedir la entrada de los agentes.
Los jóvenes también lanzaron garrafas llenas y pequeños electrodomésticos a los policías. Aunque ninguno impactó, la tensión se mantuvo durante horas hasta que los agentes lograron detener al instigador.
Una cuestión técnica reduce la pena
La Audiencia de Las Palmas lo condenó por desórdenes públicos y atentado a agentes. La sentencia fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, pero su defensa recurrió al Supremo.
Ahora, el alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso. La razón principal, una reforma del Código Penal de 2022, que obliga a aplicar la ley más favorable al reo.

La Sala descarta que existiera peligro vital para los agentes, como sostenía la sentencia inicial. Afirma que los objetos lanzados podrían haber causado lesiones, pero no la muerte. Por tanto, los hechos deben encuadrarse en el artículo 550 del Código Penal, que contempla penas de tres meses a tres años.
Aplicando el artículo 77, y al concurrir con un delito de desórdenes públicos, el Supremo impone la pena mínima en su mitad superior: un año, cuatro meses y quince días de prisión.