La Audiencia de Las Palmas absuelve a los 15 acusados del ‘caso Emalsa’

Absuelve a los 15 exdirectivos acusados del caso Emalsa de los cargos de apropiación indebida y administración desleal que supuestamente habían cometido entre los años 2008 y 2012

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a los 15 exdirectivos acusados de la empresa mixta de aguas de la capital grancanaria, Emalsa, de los cargos de apropiación indebida y administración desleal que se les imputaban y que supuestamente habían cometido entre los años 2008 y 2012.

La Audiencia de Las Palmas absuelve a los 15 acusados del caso Emalsa. Imagen de archivo. RTVC
La Audiencia de Las Palmas absuelve a los 15 acusados del caso Emalsa. Imagen de archivo. RTVC

Los investigados eran directivos de las sociedades privadas de la empresa de aguas de la capital grancanaria, Saur y Valoriza-Sacyr, y en el fallo conocido este jueves se argumenta su absolución en 144 folios, según ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

La sentencia del conocido como ‘caso Emalsa’ no recoge la petición de la Fiscalía y las dos acusaciones populares que en la vista oral, que se prolongó en más de diez sesiones, pidieron un fallo condenatorio para los acusados. Les atribuían haber causado un quebranto de 23,4 millones de euros a la sociedad durante 2008-2012, mediante contratos de saneamiento suscritos con una empresa vinculada a esos mismos socios privados, supuestamente sobrevalorados y lesivos.

En la sentencia difundida este jueves, la sala considera que no se está en un supuesto de apoderamiento de diversas cantidades de dinero, realizadas por parte de las personas encargadas de administrar el patrimonio de la sociedad mercantil Emalsa, «para favorecer económicamente y sin causa justificada a las entidades que los habían contratado».

Desembolsos para pagar salarios

Agrega que todas las facturas que cobraron tanto Saur como Valoriza, entre los años 2008 y 2012, por el concepto de suplidos o prestaciones accesorias, obedecían a desembolsos previamente realizados por las mismas para pagar salarios y costes de seguridad social de sus propios empleados, que o bien prestaban servicios a Emalsa con dedicación exclusiva o bien colaboraban en la gestión diaria de dicha entidad, aun no estando desplazados.

Por el contrario, añade el fallo, los hechos analizados obedecieron «cabalmente» al objetivo de dar cumplimiento a las previsiones contenidas en los artículos 11 y 18.4 de los estatutos sociales de Emalsa, sobre la retribución por separado de las distintas prestaciones que debían llevar a cabo los socios privados de dicha compañía para el desenvolvimiento de la actividad comercial de la empresa.

Por ello, el tribunal entiende que se absuelve a los acusados de los delitos que se les atribuyeron, al no haber quedado debidamente desvirtuada la presunción de inocencia que les corresponde.

El Ayuntamiento se retiró como acusación

La acusación en este caso estaba representada por la Fiscalía, por el comité de empresa de Emalsa y la asociación cívica El Sol sale para todos.

La fiscal de Delitos Económicos, Envangelina Ríos, mantuvo en las sesiones finales del juicio, que el quebranto económico de la veintena de contratos suscritos en esos años era de 23,4 millones de euros.

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que también figuraba como acusación, se retiró del caso al considerar que no estaba acreditado este daño económico.

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