Condenan a un médico a 29 años y medio de cárcel, de la que sólo cumplirá cinco años y tres meses por abusar de 26 pacientes
La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 29 años y medio de cárcel a un médico que confesó haber abusado de 26 pacientes en su consulta, aunque cumplirá un máximo de cinco años y tres meses conforme a la legislación vigente.
El fallo considera acreditado que Carlos L.R. frotaba sus órganos sexuales y sometía a diversos tocamientos a mujeres a las que atendía en un centro de salud de Las Palmas de Gran Canaria. Hechos que ocurrieron cuando simulaba hacer un masaje y tras pedirles que se quitaran parte de su ropa interior.
La sección sexta de la Audiencia Provincial declara a Carlos L.R. culpable de 26 delitos de abusos sexuales, diez de ellos continuados, cometidos entre noviembre de 2010 y enero de 2019. Todos han sido castigados por penas cada uno, de entre los nueve meses y un año, y nueve meses de prisión.
Reconocimiento de los hechos
El procesado ha reconocido los hechos y por este motivo le han rebajado las penas, solicitadas inicialmente, de 62 años a un total de 36 años y 10 días.
La presidenta del Tribunal, Eugenia Cabello, ha recordado en su sentencia que el ahora condenado consignó una cantidad superior a los 120.000 euros en concepto de responsabilidad civil por sus actos. Su declaración en el juicio, viene a probar «sin ambages» la veracidad de los hechos en la forma relatada por las acusaciones.
Por ello, le concede el beneficio de una atenuante de reparación del daño, que el tribunal estima como «muy cualificada» al considerar que la cantidad consignada, superior a los 100.000 euros, supone un «relevante esfuerzo reparador» hacia las víctimas.
Pero si rechaza la circunstancia atenuante de alteraciones psíquicas que interesaba la defensa del médico, a pesar de admitir que los informes aportados objetivan una demencia fronto temporal, ya que «no se determina la afectación que esta demencia produjo al tiempo de los hechos».
Pena impuesta
La Audiencia de Las Palmas ha explicado que por los delitos de abuso sexual continuado la pena inicial oscila entre los dos años y un día y los tres años de prisión pero que al apreciarse como muy cualificada la atenuante, esa pena se reduciría en un grado hasta condenas de uno a dos años de cárcel.
La sentencia explica, «considerando que los hechos se ejecutaron en la consulta profesional del acusado, lo que agrava el injusto, e igualmente que el reconocimiento de los hechos no solo alivia el trabajo del tribunal sino que, sobre todo, ha evitado que las víctimas vuelvan a rememorar los hechos».
En cuanto a los otros 16 delitos de abusos sexuales simples, al aplicarse la atenuante, la pena oscilaría entre los seis meses y el año de prisión, entendiendo el tribunal que, en base a los criterios señalados, estima como adecuada la condena a nueve meses de cárcel por cada uno de ellos.
La Audiencia establece que, en base a la legislación vigente, «el máximo de cumplimiento será de cinco años y tres meses de prisión».
Esta condena va unida a la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión médica por el tiempo de la condena. Tampoco podrá acercarse a cualquiera de las víctimas a menos de 150 metros.
Finalmente, impone una indemnización conjunta de 90.250 euros en concepto de responsabilidad civil.
Una sentencia en la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, TSJC.