El objetivo es hacer más eficiente la normativa vigente. Para ello, se han realizado múltiples cambios, como extender al régimen general de subvenciones las particularidades recogidas en la Next Generation EU. De manera que, se agilizarán las gestiones administrativas. Además, los diferentes departamentos que tramiten cada subvención serán quienes tengan la potestad para eximir de la presentación del plan de financiación de los ingresos y gastos
El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado un decreto por el que se modifica el emitido en 2009 sobre el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma. El objetivo es de adaptar la norma a las excepcionales circunstancias económicas actuales y hacerla más eficiente.
El nuevo decreto permitirá extender al régimen general de subvenciones las particularidades recogidas en la Ley que regula la gestión y control de los fondos europeos del instrumento europeo Next Generation EU, aprobada en agosto del año 2021.
De este modo, las medidas de agilización administrativa contenidas en la ley para determinadas ayudas se hacen extensibles a todo tipo de subvenciones. Ello con independencia del origen de los fondos con los que se financien.
Mayor flexibilidad en la tramitación de proyectos estratégicos para Canarias
La norma incluye un artículo para regular las convocatorias abiertas, y amplía el plazo de vigencia de las que tengan como fuente de financiación los fondos europeos. Por lo que se vincularán al plazo de vigencia de los programas operativos de los mismos.
Del mismo modo, se incorpora al régimen general el procedimiento ya reglado en la citada ley para las subvenciones plurianuales. De manera que se permitirá una mayor flexibilidad en la tramitación de proyectos estratégicos para Canarias.
Cambios en la gestión de las subvenciones
Con la aprobación del decreto serán las personas responsables de los diferentes departamentos que tramiten cada subvención quienes tengan la potestad para eximir de la presentación del plan de financiación de los ingresos y gastos. Hasta dicha labor se atribuía al consejero en materia de Hacienda.
Esta modificación se justifica en el mejor conocimiento que tienen los departamentos de las subvenciones que ellos mismos gestionan. También en la eliminación de un trámite administrativo que generaba retraso en los procedimientos.
Las convocatorias abiertas
En cuanto a las convocatorias abiertas, el decreto las define como el «acto administrativo por el que se acuerda de forma simultánea la realización de varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo de uno o varios ejercicios presupuestarios, para una misma línea de subvención».
Finalmente, la posibilidad de realizar convocatorias abiertas deberá estar prevista en las bases reguladoras y su vigencia podrá extenderse a un máximo de dos años, salvo que se trate de subvenciones financiadas con fondos europeos, en cuyo caso podrán extenderse al período de programación de dichos fondos.