La Delegación del Gobierno y los ministerios de Justicia y Política Territorial han presentado un requerimiento para que se anule el acuerdo que impide rezos musulmanes en Jumilla

El Gobierno ha presentado un requerimiento al Ayuntamiento de Jumilla, Murcia, para que anule el acuerdo que impide el uso de las instalaciones municipales a la comunidad musulmana. Entiende que esta medida atenta contra la libertad religiosa.
Este requerimiento sostiene sostiene que la normativa permite la utilización del polideportivo para actividades socioculturales, por lo que entiende que «las razones objetivas esgrimidas no se sustentan».
La delegada del Gobierno lo ha presentado en coordinación con los ministerios de Justicia y Política Territorial.
Restricción de forma arbitraria
Según el Ejecutivo, «se restringe de forma arbitraria» una celebración que se venía realizando desde hace años, vulnerando los principios constitucionales de libertad religiosa, igualdad y neutralidad confesional de la Administración.
En ese escrito, especifica que el acuerdo adoptado supone también una vulneración del uso común general correspondiente por igual a todos los ciudadanos indistintamente. Por lo tanto, se ha incurrido en desviación de poder por utilizar competencia municipal para fines ideológicos ajenos al interés general.
En un mensaje en X, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha defendido la medida tomada por el Gobierno: «Frente a la deriva extremista de PPVox, defendemos la Constitución, los derechos y la libertad religiosa. Frenaremos sus medidas ultras, como hicimos ante trabas al aborto en Castilla y León o la censura en Murcia».
Entiende el Gobierno que la corporación municipal no desea limitar el uso de las instalaciones deportivas municipales a actividades de ámbito deportivo, sino excluir la celebración de las festividades religiosas que hasta ahora allí se celebraban «y que resultaban ser las musulmanas que periódicamente se venían realizando en dichos espacios».
El Gobierno argumenta que la exclusión de actos religiosos ajenos al Ayuntamiento «sin acreditar perturbación del orden público ni conflicto de usos» constituye una restricción injustificada del ejercicio colectivo del culto y expone que la restricción de derechos fundamentales debe estar debidamente motivada, basada en criterios objetivos y sometida a control de proporcionalidad, tal y como establece el Tribunal Constitucional.
Vulneración del principio de neutralidad
La delegada de Gobierno de Murcia, María Dolores Guevara, ha comentado, «la motivación real del acuerdo del Ayuntamiento de Jumilla no responde a criterios técnicos ni organizativos, se aparta de los criterios legales de gestión de los usos de los bienes públicos y, además, no responde sino a una finalidad ideológica de exclusión religiosa, expresamente reconocida por sus promotores».
La motivación del acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Jumilla de 28 de julio de 2025 se observa una vulneración del principio de neutralidad religiosa de la Administración y la Administración debe garantizar el uso equitativo de espacios públicos.
Piden la revocación del acuerdo que contemplaba la modificación del reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones deportivas municipales y que excluye actos religiosos ajenos a la corporación.