El Ayuntamiento inicia el procedimiento para ampliar la Ciudad Deportiva de la UD Las Palmas de 102.965 a 156.908 metros cuadrados con nuevas instalaciones deportivas

El Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha aprobado dar inicio a la Modificación Menor del Plan General de Ordenación (PGO 2012) en el ámbito ESR-06 ‘Ciudad Deportiva de la Unión Deportiva Las Palmas’, en Barranco Seco, a iniciativa del Club Unión Deportiva Las Palmas, S.A.D.
Según informa el Consistorio, el concejal de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, Mauricio Roque, ha señalado que «el objeto es la inclusión de dos piezas de suelo rústico en el ámbito ESR-06, modificando su categoría de suelo rústico de protección y ampliando el ámbito del ESR-06«.
Todo ello «a fin de ampliar las instalaciones de la Ciudad Deportiva de la Unión Deportiva Las Palmas, que permiten la instalación de un centro deportivo de alto rendimiento, una residencia para jugadores y dos campos de fútbol con vestuario, y permitir resolver el problema viario existente en dicho ámbito, tanto para la instalación deportiva como para el Colegio Heidelberg y otras instalaciones que constan en la zona».
Por su parte, la propuesta plantea ampliar el ámbito de la Ciudad Deportiva de los 102.965 metros cuadrados actuales a 156.908 metros cuadrados, mediante la incorporación y reordenación de dos piezas de suelo colindantes, de 41.650 y 11.288 metros cuadrados, respectivamente.
Inicio del procedimiento
Tras el acuerdo adoptado por el Pleno, el expediente será remitido a la Comisión de Evaluación Ambiental de Planes y Proyectos del Ayuntamiento para la tramitación de la correspondiente evaluación ambiental estratégica simplificada.
En el caso de que la Comisión de Evaluación, mediante la emisión del correspondiente informe ambiental estratégico, valide ambientalmente la intervención, el procedimiento continuará posteriormente con la elaboración de la documentación necesaria para la aprobación inicial, la solicitud de los informes sectoriales preceptivos, la aprobación inicial por el Pleno, el periodo de información pública y audiencia, el estudio de las alegaciones e informes y, en su caso, la aprobación definitiva.
Finalmente, el acuerdo adoptado por el Pleno constituye el inicio del procedimiento urbanístico y no supone la aprobación de la propuesta de ordenación ni prejuzga su aprobación definitiva.
De igual modo, la propuesta se tramita como Modificación Menor del Plan General, conforme a lo establecido en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.


