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28 marzo 2024 12:48 pm

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Ratificada la condena de 16 años de cárcel para el propietario del ‘SimPalabras’ por abuso sexual

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el propietario de la chupitería ‘Simpalabras’ de La Laguna contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que le condenó a 16 años y ocho meses de cárcel por tres delitos de abusos sexuales.

Ratificada la condena de 16 años de cárcel para el propietario del ‘SimPalabras’ por abuso sexual(Foto de ARCHIVO) 05/10/2018

La sala no observa ningún «error evidente y notorio» en la toma de pruebas, según recoge la sentencia hecha pública este miércoles. Apunta también que no hay evidencias de que haya un «móvil espúreo» para realizar denuncias falsas por parte de una de las víctimas, que era menor de edad.

Además, sostiene que hay una «pluralidad de testimonios incriminatorios» que coinciden en describir el «modus operandi» del condenado. No se pueden atribuir a una «confabulación» contra él.

En cuanto a los informes de los peritos sobre la menor –el Instituto de Medicina Legal concluye que el testimonio es potencialmente creíble y el segundo lo ve indeterminado– la Sala apunta que «en modo alguno se oponen a la convicción que obtuvo el tribunal de instancia mediante la apreciación directa de los medios probatorios practicados a su presencia».

Mantiene la libertad vigilada durante ocho años

Sobre el relato se considera probada que tenía su capacidad intelectual «mermada por causas desconocidas» y aunque hubo contradicciones o inexactitudes no tienen relevancia porque los elementos penales se han mantenido siempre fijos en sus declaraciones.

De hecho, expone la sentencia que se «demuestra de manera palmaria que se produjo la relación que denuncia la menor y que debido al estado en que esta se hallaba, el acusado se vio en la necesidad de llevarla a su casa».

Al margen de la pena de cárcel, se mantiene también la libertad vigilada por ocho años y el abono de 21.000 euros a las víctimas de los tres delitos en concepto de indemnización por daños morales.

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