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5 mayo 2024 3:45 am

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Rechazan los recursos de Vox por su candidatura en Santa Cruz de Tenerife

La denegación de la Junta Electoral Central no permitirá formalizar la candidatura de Vox al Congreso al no disponer de tiempo para presentar otros candidatos

En la imagen el que iba a ser cabeza de lista por Santa Cruz de Tenerife, Alejandro Gómez (i) y el diputado autonómico, Nicasio Galván (d). / Imagen de archivo EFE/ Ramón De La Rocha
En la imagen el que iba a ser cabeza de lista por Santa Cruz de Tenerife, Alejandro Gómez (i) y el diputado autonómico, Nicasio Galván (d). / Imagen de archivo EFE/ Ramón De La Rocha

La Junta Electoral Central ha inadmitido los recursos presentados por Vox para ampliar el plazo que le permita subsanar los problemas surgidos con su candidatura al Congreso por la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Vox no ha podido formalizar su candidatura al Congreso por la provincia al darse de baja parte de sus integrantes sin que tuviera tiempo esta formación de presentar otros candidatos para completarla.

La Junta Electoral Central avala la resolución de la Junta provincial e indica que no admite los recursos de Vox porque lo que se está impugnando es la denegación de la candidatura por Santa Cruz de Tenerife, como consecuencia de las decisiones adoptadas por la entonces representante provincial de la formación política, al quedar la candidatura sin un número suficiente de miembros para su proclamación.

Añade que como establece la ley, frente a la denegación de una candidatura, solo cabe recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, sin que resulte posible plantear recurso administrativo electoral ante la Junta Electoral Central.

Agrega que, como reconoce el representante de Vox en su escrito, han interpuesto el referido recurso contencioso-electoral, motivo por el que, al encontrarse en dicho ámbito jurisdiccional, no resulta posible su examen en esta instancia.

Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.