La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a seis meses de prisión a un hombre por un delito contra la integridad moral a unos vecinos

La Audiencia Provincial de Santa Cruz Tenerife condena a seis meses de prisión a un hombre por un delito contra la integridad moral. El auto recoge que el procesado estuvo durante cuatro años propinando insultos de carácter homofóbico a unos vecinos.
También se le impone la prohibición de comunicarse o dirigirse a los denunciantes que son pareja y viven en su mismo edificio durante un año y medio.
Daños morales
A cada una de las víctimas deberá abonarles 3.000 euros por daños morales. En cambio, se le absuelve del cargo de amenazas y en la sentencia se tiene en cuenta en la fijación de la pena las dilaciones indebidas.
Como hecho probado se considera que el acusado los humillaba y denigraba, viviendo en un piso ubicado frente al de los denunciantes.
Con este fin profería de forma continuada y pública en contra de ambos “todo tipo de expresiones con connotaciones negativas hacia su orientación sexual”.
La Sala cree que el acusado no buscaba discriminar a los vecinos debido a su orientación sexual, sino que quería menoscabar su dignidad debido a los problemas vecinales que tenía con ellos, dado que los desencuentros surgieron de las molestias causadas por las obras.
Para descartar el delito de odio también se tuvo en cuenta que el inculpado no ha protagonizado otros episodios de carácter homofóbico con más personas, ni en las redes sociales o perteneciera a algún grupo que denotase animadversión hacia un colectivo concreto.
Consecuencias en las víctimas
En definitiva, no se pudo demostrar que hubiese actuado por su “animadversión, rencor, antipatía u odio a estas personas por su homosexualidad”, indica el fallo, cosa distinta es lo que ocurre con las expresiones utilizadas que, según la sentencia, “tienen un claro contenido vejatorio y degradante” basado en su condición sexual y que se hubieran venido usando durante cierto tiempo.
Esta actitud produjo en las víctimas, “impotencia,intranquilidad e inseguridad”, hasta el punto de tener miedo de salir a la calle.
En un principio, la Fiscalía pedía un año y medio de prisión por un delito de odio. Además de una multa de 1.800 euros y prohibición de comunicarse con los denunciantes a lo largo de dos años y otros cuatro de inhabilitación para realizar cualquier labor docente.
Durante 2025, la Audiencia Provincial ha emitido tres sentencias condenatorias sobre delitos homófobos.