ES NOTICIA

Tres años de cárcel y sanción de 51.000 euros por vender cannabis en su casa en Tenerife

El condenado por vender cannabis cuenta con el agravante de reincidencia puesto que fue condenado por el mismo delito en 2021

El TSJC revoca la condena de prevaricación y absuelve al exgerente de Funcatra

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto a un hombre una condena de tres años de cárcel y la obligación de pagar 51.000 euros por vender cannabis en su casa de La Matanza.

La Fiscalía había calificado los hechos como un delito contra la salud pública por tráfico de drogas que causan grave daño a la salud. Pedía que se aplicara el agravante de reincidencia por lo que solicitaba cuatro años y medio de prisión y multa de casi 51.500 euros.

La defensa del procesado, a cargo del abogado Kilian Cabrera Martín, aceptaba una condena pero por venta de drogas que no causan grave daño.

Condenado con anterioridad

A raíz de que se encontrara en su poder hachís y marihuana, el acusado había sido condenado por el mismo delito en 2021 a la pena de dos años que quedó entonces suspendida.

En esta causa los investigadores sospecharon que un año después el procesado hacía lo propio desde su casa. Con papelinas de cocaína pero en cantidades mínimas y sin que se determinara su nivel de pureza.

La Guardia Civil identificó a casi una veintena de personas que salían de su casa a las que se le intervinieron cannabis, cocaína y crack. Por ello el juez autorizó la entrada y registro en el domicilio. Allí se encontraron algo más de cuatro kilos de marihuana con un valor de alrededor de 25.000 euros.

Durante la vista el acusado admitió traficar con cannabis pero negó hacerlo con la cocaína. Y pese a que las evidencias apuntan hacia lo contrario, las cantidades interceptadas resultaron ser mínimas y no llegarían a los dos gramos.

La sala llama la atención sobre el hecho de que aún no se había cumplido el plazo impuesto en la primera condena para evitar su entrada en prisión por lo que considera acertado aplicar el agravante de reincidencia, que se imponga la pena en su máximo legal y que la multa se fije en el doble del valor de la sustancia intervenida.

Noticias Relacionadas

Otras Noticias