Desde este miércoles se puede presentar por internet la declaración de la renta 2025

Comienza la campaña de la renta de 2025 que concluirá para todos los contribuyentes el próximo 30 de junio

La campaña de la renta de 2025 se extenderá entre el 8 de abril y el 30 de junio
La campaña de la renta de 2025 se extenderá entre el 8 de abril y el 30 de junio

La campaña de la renta de 2025 comienza este miércoles con la apertura del plazo para consultar el borrador y presentar la declaración por internet, ya sea a través del programa Renta Web, de Renta Directa -si no se introducen cambios- o de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.

Los contribuyentes que prefieran presentar la liquidación por teléfono, a través del programa ‘Le Llamamos’, podrán hacerlo a partir del 6 de mayo, mientras que quienes quieran entregarla presencialmente en oficinas tendrán que esperar hasta el 1 de junio.

El plazo de presentación de las declaraciones finaliza en todos los casos el 30 de junio, salvo para aquellas cuyo resultado sea a ingresar y quieran domiciliarla, que tendrán que estar entregadas el 25 de junio.

Obligatoria para autónomos y perceptores del IMV

La presentación de la declaración de la renta es obligatoria para los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o 15.876 euros de dos o más pagadores, para quienes hayan estado dados de alta como autónomos y para los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV), entre otros supuestos.

Novedades

Entre las novedades de esta campaña figura una deducción para las rentas del trabajo inferiores a 18.276 euros, que ascenderá a 340 euros para quienes percibieran, como máximo, los 16.576 euros del salario mínimo interprofesional (SMI) de 2025, que queda así exento de tributación.

Los contribuyentes con rentas del trabajo que se sitúen entre el salario mínimo y 18.276 euros también podrán aplicarse la deducción, por una cuantía que decrece a medida que aumenta la renta.

Otras novedades son una subida del tipo que se aplica a las rentas del ahorro superiores a 300.000 euros, que pasa del 28 % al 30 %, junto con una exención para las ayudas relacionadas con los incendios forestales y una reducción en los rendimientos de actividades artísticas realizadas de manera excepcional.

Asimismo, siguen vigentes las deducciones por compra de vehículo eléctrico, mejora de la eficiencia energética de los edificios, aportaciones a planes de pensiones, inversión en vivienda habitual adquirida antes de 2013 o donativos a entidades sin ánimo de lucro.

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