El Alto Tribunal considera que el TSJC ha comprobado razonadamente la insuficiencia de la motivación ofrecida por el Gobierno autonómico para justificar la limitación
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Gobierno de Canarias contra la negativa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de avalar el cierre perimetral de las islas con mayor nivel de alerta por el coronavirus.
La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal ha avanzado su decisión de rechazar el recurso. Ha considerado que el TSJC ha comprobado razonadamente la insuficiencia de la motivación ofrecida por el Gobierno autonómico para justificar la limitación y la inconsistencia de la medida con las excepciones previstas.
En una nota de prensa de la Sala, en la que avanza su decisión, los magistrados recuerdan que la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, interpretada junto con otras leyes sanitarias, «autoriza limitaciones puntuales de la libertad de circulación».
Eso sí, siempre que la Administración acredite la existencia de una enfermedad transmisible grave, justifique que esa limitación es imprescindible para impedir la propagación de la misma, determine la extensión subjetiva y territorial de la limitación y delimite el tiempo indispensable para mantener la medida en vigor.
Canarias pedirá autorización judicial, en el caso de que una isla vuelva a nivel 3 o 4 y necesite medidas especiales
Dado que el cierre perimetral ya no es recurrible porque el Supremo ha agotado esta vía, el presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, anunció este mediodía que el Gobierno regional pedirá una autorización ante el juzgado que sea competente en el caso de que alguna de las islas vuelvan al nivel 3 o 4 de alerta por la pandemia de la COVID-19. Con el fin de adoptar medidas extraordinarias de control, además de los cribados en los aeropuertos y puertos que se puedan activar.