El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ratifica la legalidad de las obras de reposición de las carreteras destruidas por el volcán Tajogaite
Los jueces avalan las obras de reposición en las carreteras afectadas por el volcán Tajogaite. Las vías destruidas se sitúan entre Puerto Naos, en Los Llanos de Aridane y Tazacorte.
Ben-Magec Ecologistas en Acción presentó un recurso por posibles daños medioambientales.
En este documento, han comentado que el Gobierno autónomo excluyó del procedimiento de evaluación medioambiental la reconstrucción de la conexión de LP-213 con la LP-215. Además, de la no adecuación al planeamiento insular. Así mismo, que la adjudicación de las obras no fuera dada a conocer públicamente o incumplimientos de plazos.
Las acciones judiciales iban dirigidas en contra de la Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Canarias y el Ministerio de Transportes. Ambas administraciones fueron las encargadas de ejecutar el sistema viario de 38 millones.
Según la respuesta del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, TSJC, el Sistema Nacional de Protección Civil prevé en caso de catástrofes la declaración de zonas afectadas gravemente por una emergencia para la adopción de medidas de reparación.
Entre otros trámites, la decisión sea tomada por el Consejo de Ministros, delimitando el entorno afectado y demostrando que el siniestro perturba “gravemente” las condiciones de vida de la población y los servicios esenciales.
Obras de emergencia
Los magistrados han considerado el cumplimiento de estos requisitos en el expediente. Después de acabar la erupción fueron declaradas de emergencia las obras.
También, consideran sin relevancia la alegación de los ecologistas sobre la extinción de la declaración.
El TSJC añade el retraso en el inicio de las obras no puede suponer “un desmentido de las razones que justificaron la urgencia”.
Según lo jueces, el hecho de no firmarse antes de iniciar las obras, “no debe condicionar la validez de la consideración de la urgencia de las actuaciones”.
Modificación del Decreto
El Alto Tribunal canario recuerda que el 18 de diciembre de 2021 se modificó el Real Decreto, incluyéndose la creación de un grupo de trabajo formado por miembros del Estado y Gobierno canario para coordinar las medidas de restablecimiento de las 15 infraestructuras viarias afectadas por el volcán.
La contratación de la obra tampoco presenta ningún vicio de nulidad, “de manera que se ha actuado conforme a la normativa de contratación”.
El colectivo debía haberse personado en la vía administrativa para solicitar las notificaciones. Apuntan los jueces también, y comprobar los supuestos vicios de legalidad.
Ben Magec cuestionó que no se hubiera anunciado la obra ni siquiera en el perfil del contratante pero el Tribunal señala que se habla «nada menos que de la construcción de una carretera, obra que por su envergadura nunca podría clasificarse de clandestina” y que fue dada a conocer a través de los medios de comunicación.