Según el testimonio, el hombre suministraba de forma habitual cocaína a cambio de sexo a la denunciante
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife absolvió este jueves del delito de agresión sexual a un hombre que denunció una amiga a la que, según su testimonio, suministraba de forma habitual cocaína a cambio de sexo.

La Sala da por probado que ambos se conocían desde hacía varios meses y la denunciante indicó que habían mantenido en unas tres ocasiones relaciones sexuales que incluían el suministro por parte del procesado de cocaína de forma gratuita.

Testimonio de la denunciante
El día de la presunta agresión sexual, la mujer fue al baño para encontrarse con el hombre con ese propósito. Según su testimonio, él le pidió que le hiciera una felación, pero ella se negó.
La defensa argumentó que la eyaculación ocurrió en la cara de la denunciante, no en su boca, y que ella tomó la papelina que el acusado le ofreció y regresó a la mesa del bar, donde la esperaba una amiga. En ese momento no le contó lo sucedido, sino que simplemente dijo: “ya te contaré”.
Después de terminar una botella de vino, ambas se retiraron del lugar. No quedó claro si fue entonces o al día siguiente cuando la mujer relató a su amiga la supuesta agresión.
Durante el juicio, la amiga confirmó que ambos entraron al baño para adquirir droga, como lo habían hecho en otras ocasiones. Describió esta conducta como una “práctica habitual” y afirmó que no notó nada extraño en ese momento.
Defensa
El acusado afirmó que las relaciones sexuales ocurrieron en más de tres ocasiones y que siempre fueron consentidas. Negó dedicarse a la venta de drogas y aseguró que ese día únicamente hubo un consumo compartido.
Los mensajes intercambiados entre ambos, que la mujer presentó como prueba, muestran que el hombre nunca reconoció haber cometido ninguna agresión; por el contrario, la descarta reiteradamente y expresa su sorpresa ante la interpretación que la denunciante hizo de lo sucedido.
El Tribunal no tiene dudas de que los encuentros entre ambos estaban relacionados con la adquisición de cocaína. De hecho, en los mensajes ella le dice, tras recibir la sustancia: “no te la pago”, a lo que él responde: “claro que no”.
Por todo ello, el Tribunal decidió absolver al acusado, ya que la denunciante no logró explicar con claridad el desarrollo de los hechos y los testigos no observaron ninguna situación desagradable. Ante la existencia de dudas, estas se resolvieron a favor del acusado.
En su momento, la Fiscalía calificó los hechos como un delito de agresión sexual y solicitó una pena de cinco años de prisión para el procesado.