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26 abril 2024 8:55 pm

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Ampliado hasta el 30 de junio el tipo cero en el IGIC para bienes sanitarios contra el coronavirus

El tipo cero en el IGIC se aplica a la importación o entrega de determinados bienes sanitarios necesarios para combatir los efectos del coronavirus

Ampliado el tipo cero en el IGIC para bienes sanitarios contra la COVID-19
Tipo cero en el IGIC para material sanitario contra la pandemia. Imagen Europa Press

El Parlamento de Canarias ha convalidado por unanimidad el decreto ley por el que se amplía hasta el 30 de junio el plazo de aplicación del tipo cero en el IGIC. Se aplicará a la importación o entrega de determinados bienes sanitarios necesarios para combatir los efectos del coronavirus.

La Cámara regional, en la primera sesión plenaria celebrada en 2022, ha mostrado su parecer contrario a que dicho decreto se tramite como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

En la exposición de motivos del decreto ley el Gobierno de Canarias argumenta que las razones que fundamentaron aprobar las sucesivas prórrogas en la aplicación del tipo cero continúan vigentes en la actualidad. También argumentan que es imprescindible continuar facilitando el suministro de material sanitario. Una medida que se hará mediante la liberación de la carga fiscal indirecta.

Desde la primera medida en este ámbito se han aprobado cinco decretos leyes en relación al tipo de gravamen cero. No se han limitado a su prórroga, sino que también han efectuado ajustes. Entre ellos añadir bienes o modificar códigos como consecuencia de reformas realizadas por las autoridades aduaneras. Incluso extendiendo la aplicación del beneficio fiscal a distintas fases del proceso de comercialización y a distintos sujetos pasivos.

Al convalidar el decreto se unifica la regulación en este ámbito. El Gobierno recuerda que la Comunidad Autónoma ha adoptado diversas medidas en el ámbito tributario. Medidas tomadas en cuenta como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y la crisis económica derivada de esta.

Paliar efectos negativos de la crisis sanitaria

El propósito es paliar los efectos negativos que la crisis sanitaria ha ocasionado en el orden social y económico. Se hará mediante instrumentos que eviten las posibles dificultades de liquidez de los contribuyentes canarios. Especial atención tendrán las pymes y los trabajadores autónomos.

Asimismo, se pretende con esta medida abaratar el coste de adquisición de ciertos productos necesarios para combatir los efectos del coronavirus. Para ello se aprobó un primer establecimiento del tipo cero en el IGIC que estuvo en vigor hasta el 31 de julio de 2020.

La aplicación de este tipo de gravamen cero se ha ido prorrogando sucesivamente. Primero hasta el 31 de octubre de 2020, después hasta el 30 de abril de 2021 y, por último, hasta el 31 de diciembre de 2021.

En sintonía con la evolución de la pandemia

En los decretos leyes correspondientes no solo se aprobaron las prórrogas en la aplicación del tipo cero. Se efectuaron ajustes en los productos sanitarios que conforman el ámbito objetivo del beneficio fiscal. Se realizó en sintonía con la imprevisible evolución de la pandemia, según ha recordado el Ejecutivo regional.

Con independencia de todo ello, el Decreto ley 19/2020, de 12 de noviembre, de establecimiento del tipo cero en el IGIC aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para diagnóstico in vitro de la COVID-19 reguló esta cuestión con independencia de la condición del adquirente o importador y de la fase de producción o comercialización en la que se enmarca la operación de entrega.

Igualmente, el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, amplió hasta el 31 de diciembre de 2021 el tipo cero a determinadas mascarillas, a los congeladores horizontales del tipo arcón (cofre) y a los congeladores verticales de tipo armario.

Esta medida tributaria que el Parlamento ha acordado prorrogar hasta el 30 de junio se aplicará a las importaciones o entregas de bienes cuyos sujetos pasivos sean entidades de derecho público, clínicas o centros hospitalarios, o las entidades o establecimientos privados de carácter social detallados en el decreto ley. 

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