Un paso más para la devolución de la tasa de basura de Las Palmas de Gran Canaria, aún sin fecha concreta

Este sábado se abre el plazo de 15 días para revocar de oficio las liquidaciones de la tasa de basura tras su anulación por parte del TSJC, después comenzará la devolución, que aún no tiene fecha concretada

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria abrirá a partir de este sábado el plazo de audiencia de 15 días para proceder a la revocación de oficio de las liquidaciones de la tasa anulada por la justicia para la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos.

Nueva tasa de basura a partir de enero de 2026. Imagen de recurso del perfil de la red social 'X' Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria
Imagen de recurso del perfil de la red social ‘X’ Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

El procedimiento permitirá revisar las liquidaciones afectadas por la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y, una vez concluida la tramitación y adoptada la resolución correspondiente, ejecutar las devoluciones que procedan, ha informado este viernes el Ayuntamiento en un comunicado.

Sin fecha para la devolución

En la nota asegura que trabaja para agilizar el proceso, aunque todavía no es posible establecer una fecha concreta para las devoluciones de las cantidades abonadas, ya que deben cumplirse los trámites y las garantías previstos en la normativa tributaria.

El procedimiento incluye el trámite de audiencia de 15 días hábiles para garantizar el derecho de las personas interesadas a formular alegaciones, si bien advierte de que la presentación de escritos no es un requisito para que el Ayuntamiento continúe el procedimiento de oficio.

Los contribuyentes no deben hacer más trámites

El concejal de Presidencia, Hacienda, Modernización, Recursos Humanos y Aguas, Francisco Hernández Spínola, ha explicado que el Ayuntamiento está realizando de oficio todas las actuaciones necesarias y dispone de información en sus sistemas de gestión tributaria y recaudación para identificar las liquidaciones potencialmente afectadas.

Por este motivo, los contribuyentes no necesitan presentar ninguna solicitud de devolución ni registrar nuevos escritos para que sus liquidaciones se revisen.

Las solicitudes y los escritos registrados con anterioridad ya forman parte de la información que se tendrá en cuenta durante la tramitación.

Además, reiterar peticiones ya formuladas no acelera la devolución y puede generar actuaciones administrativas adicionales que dificulten la agilización del conjunto del procedimiento, indica la nota.

Esto se aplica también a quienes abonaron la tasa y no presentaron previamente recursos ni reclamaciones, ya que el Ayuntamiento actúa de oficio, apunta el comunicado, que añade que tampoco es necesario acudir presencialmente a las oficinas municipales ni facilitar ahora datos bancarios por teléfono.

Contactarán con quien deba presentar algún dato

Según el Ayuntamiento, solo cuando resulte imprescindible completar o actualizar información para realizar una devolución, la Administración contactará directamente con la persona afectada.

El Ayuntamiento utilizará los datos de los que ya dispone y no solicitará de nuevo información que obre en sus sistemas.

La documentación general del procedimiento puede consultarse en la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento, y en las dependencias del Órgano de Gestión Tributaria, situadas en la calle León y Castillo, número 270.

Asimismo, también está publicada una guía rápida con preguntas y respuestas sobre la devolución de la tasa que se puede consultar en este enlace.

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