El Día de la Madre se celebra cada primer domingo de mayo y es un día para abrazar más que nunca a nuestras madres o a su recuerdo, pero también es un buen día para señalar los derechos que la sociedad aún no les ha otorgado. En Tenerife, se celebra una nueva conquista en este sentido
El primer domingo de mayo es el día de todas las madres. Esto nos da una oportunidad de abrazarlas, regalarles, recordarlas o acompañarlas aún más que el resto del año. Esta oportunidad la aprovechan muchos hijos e hijas para llevarles una flor o para organizar una comida en familia, pero también es una buena ocasión para reflexionar sobre el papel de las madres en la sociedad y los derechos que aún no se les han otorgado. En concreto, vamos a fijarnos en las madres solteras, que este domingo han conseguido una nueva victoria en Tenerife.
El Supremo reconoce a otra madre tinerfeña soltera ampliar el permiso de maternidad
Parece lógico que cualquier permiso que se da por maternidad o paternidad no se le da a las madres y padres, sino a los menores. Su derecho a ser cuidados y atendidos como merecen es algo que se garantiza con el tiempo necesario de los progenitores para proporcionarla.
Si esas atenciones las debe dar una madre soltera, este tiempo debe ser mayor que si existen dos figuras cuidadoras. Al menos así lo entiende el Tribunal Supremo, que ha reconocido, una vez más, el derecho de una madre soltera tinerfeña a disfrutar de diez semanas pagadas adicionales del permiso para el cuidado de su hija, además de las 16 que le correspondían legalmente como madre.
Segunda sentencia
Este es el segundo caso conocido en la isla que ha llegado hasta el Supremo y su resultado implica que la madre dispondrá de un total de 26 semanas, de las que 16 son su permiso natural, más 10 adicionales.
La nueva sentencia se fundamenta también en el interés superior del menor y busca evitar la discriminación de los hijos de familias monoparentales al considerar el alto tribunal que, si en una familia biparental el cuidado del hijo se reparte entre dos progenitores, en una monoparental el menor tiene derecho a un cuidado similar.
En este caso, el nacimiento tuvo lugar en 2021 y entonces se le reconoció a la madre el derecho a disfrutar de la prestación establecido entonces, que era de 16 semanas, por lo que acudió a los tribunales reclamando otras diez semanas más, lo que le hubiese correspondido a su pareja, y en primera instancia se le dio la razón.
Recurso de la Seguridad Social
Sin embargo, la Seguridad Social recurrió el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que la anuló. La madre recurrió entonces al Tribunal Supremo por medio de un recurso de unificación de doctrina apelando a una resolución de los tribunales de Cataluña que se pronunciaba en otro sentido.
Durante esta tramitación judicial, el Tribunal Constitucional (TC) declaró que la prohibición de que las familias monoparentales disfruten de los mismos derechos que las restantes es inconstitucional, al considerar que de lo contrario se estaría ante una discriminación.
La resolución especifica que las primeras seis semanas obligatorias e ininterrumpidas después del parto no se tienen en cuenta para la acumulación, ya que deben disfrutarse inmediatamente por la madre o el padre soltero y las 10 adicionales se corresponden al permiso que habría disfrutado al otro progenitor que en un 80% son mujeres.
Ampliación del permiso
El año pasado, el Consejo de Ministros aprobó una nueva ampliación duplicando este servicio, con lo que el total se sitúa en 32 semanas, medida a la que se pueden acoger los niños que hayan nacido a partir de agosto de 2024 y reclamar desde principios de 2026.
Estas sentencias pioneras abrieron la puerta a que otras madres y padres en situaciones de monoparentalidad pudieran reclamar la acumulación de los permisos de nacimiento y cuidado de menor de ambos progenitores que ahora ya está reconocido por la ley.


