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18 abril 2024 3:16 pm

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El CGPJ acuerda la pérdida de la condición de magistrado de Salvador Alba

Salvador Alba era titular de una plaza en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria

El CGPJ acuerda la pérdida de la condición de magistrado de Salvador Alba
El juez Salvador Alba con el abogado Pedro Ayala a su llegada a la Audiencia Provincial de Las Palmas. Archivo EP

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves declarar la pérdida de la condición de magistrado de Salvador Alba Mesa, titular de una plaza en la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.

Esta decisión se ha producido en aplicación de lo dispuesto en el artículo 379.1 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Un artículo que establece que la condición de juez o magistrado se perderá, entre otras causas, «por la condena a pena privativa de libertad por delito doloso«.

Según ha recordado el CGPJ, Alba fue condenado como autor de un delito de prevaricación judicial en concurso medial con un delito de cohecho y de un delito de falsedad en documento público.

Penas de seis años y seis meses de prisión

Todo ello sumó penas de seis años y seis meses de prisión. Además con pérdida definitiva del cargo y de los honores que le son anejos, además de establecer la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.

La condena fue dictada el 10 de septiembre de 2019 por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Fue confirmada el 25 de noviembre de 2021 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS). El 30 de diciembre siguiente remitió copia testimoniada de su resolución al Consejo General del Poder Judicial.

El expediente se inició el 13 de febrero

El pasado 13 de enero, la Comisión Permanente acordó el inicio de expediente de pérdida de la condición de magistrado de Alba. Tal y como dispone la LOPJ, dio traslado de su acuerdo al Ministerio Fiscal. También a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Todo ello a fin de que emitieran informe, así como al interesado para que alegara lo que a su derecho conviniera.

Mientras, la Sala de Gobierno del TSJC, en su reunión de 28 de enero de 2022, informó de que concurre el supuesto de hecho a que se refiere el artículo 379.1 d) LOPJ.

Por su parte, la Fiscalía emitió informe de fecha 2 de febrero de 2022 manifestando la conformidad con lo acordado por la Comisión Permanente. En aplicación del citado precepto, que prevé para estos casos la «pérdida de la condición de magistrado».

Finalmente, el CGPJ indicó que la notificación a Alba fue practicada por el TSJC el pasado 1 de febrero. Hasta la fecha, y habiendo transcurrido el plazo de diez días que le fue concedido para formular alegaciones, no ha presentado escrito alguno.

Alba se encontraba en la situación administrativa de suspensión provisional de funciones desde el 19 de julio de 2018. Fue un acuerdo de la Comisión Permanente, como consecuencia de haberse dictado contra él auto de apertura de juicio oral.

Contra el acuerdo aprobado este jueves declarando la pérdida de la condición de magistrado se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del TS.

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