Así lo recoge una Orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que justifica esta decisión arguyendo que España recibe un gran número de visitantes procedente del Reino Unido
El Gobierno ha decidido incluir a Reino Unido y Japón en la lista de países y regiones administrativas especiales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la Unión Europea a través de las fronteras exteriores.
Así lo recoge una Orden publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que justifica esta decisión arguyendo que España recibe un gran número de visitantes procedente del Reino Unido, «por lo que muchos sectores económicos necesitan adaptar sus capacidades con anticipación a los cambios que se produzcan en fronteras».
En esta línea, la Orden señala que actualmente se debate en el seno del Consejo de la Unión Europea una modificación de la lista que es previsible que permita la inclusión del Reino Unido y de Japón entre los países exentos de restricciones. De hecho, como recuerda, varios Estados miembros ya los colocan en esa posición privilegiada.
La Orden entrará en vigor el próximo 24 de mayo, y supone una nueva modificación en la lista de países después de que España incluyese a Israel el pasado 11 de mayo, toda vez el país había registrado un descenso de las cifras de contagios y fallecidos tras el drástico repunte de finales de enero.
Países que integran la lista
De esta forma, y con la incorporación de Reino Unido y Japón, la lista pasa a estar integrada por Israel, Irlanda del Norte, Australia, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y China. Asimismo, quedan exentos de restricciones los residentes de las regiones administrativas especiales de Hong Kong y de Macao.