El organismo investiga si el presidente del Gobierno vulneró la neutralidad institucional durante una rueda de prensa celebrada tras la convocatoria de las elecciones generales del 29 de noviembre
La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por una posible vulneración de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). La investigación se centra en la rueda de prensa que ofreció el pasado 6 de octubre en el Palacio de la Moncloa, tras la celebración del Consejo de Ministros.

El organismo electoral ha adoptado esta decisión después de estudiar una denuncia presentada por el Partido Popular (PP). La formación considera que Sánchez utilizó una comparecencia institucional para trasladar mensajes de carácter electoral y criticar a la oposición.
La apertura del expediente no implica una sanción automática. El procedimiento deberá determinar si las declaraciones del presidente vulneraron la legislación electoral. En caso de confirmarse una infracción, podría recibir una multa de entre 300 y 3.000 euros.
Una rueda de prensa tras la convocatoria electoral
Los hechos se remontan al 6 de octubre, un día después de que Sánchez anunciara el adelanto de las elecciones generales al próximo 29 de noviembre.
Durante su comparecencia en Moncloa, el presidente informó sobre la aprobación de dos reales decretos-leyes en materia de vivienda. También hizo referencias a la actuación de los grupos parlamentarios y a la necesidad de contar con una mayoría más amplia en el Congreso.
El PP presentó ese mismo día una denuncia ante la Junta Electoral Central. Según los populares, el presidente aprovechó los medios institucionales para defender la gestión de su Ejecutivo y trasladar mensajes propios de una campaña electoral.
La formación solicitó la apertura de un expediente sancionador y la retirada del vídeo de la comparecencia de los canales oficiales de Moncloa.
La Junta Electoral descarta actuar por el anuncio del adelanto electoral
La Junta Electoral también examinó la declaración institucional que Sánchez realizó el 5 de octubre para anunciar la convocatoria anticipada de las elecciones.
Sin embargo, el organismo descartó abrir un expediente por aquella intervención, al considerar que todavía no había comenzado el periodo electoral. La situación es diferente en el caso de la rueda de prensa del día siguiente, cuando ya se había publicado en el Boletín Oficial del Estado el decreto de convocatoria electoral.
La Junta ha decidido investigar si las manifestaciones realizadas entonces incumplieron el deber de neutralidad que deben respetar las autoridades públicas durante los procesos electorales.
Qué establece la Ley Electoral
El artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General prohíbe que los poderes públicos organicen o financien actos que incluyan referencias a los logros de gestión durante el periodo comprendido entre la convocatoria de las elecciones y su celebración.
La normativa busca garantizar la igualdad entre las candidaturas y evitar que las instituciones públicas se utilicen con fines partidistas. El expediente abierto a Sánchez deberá aclarar si sus declaraciones del 6 de octubre superaron los límites establecidos por esta legislación.
Los antecedentes de Sánchez ante la Junta Electoral
No es la primera vez que la Junta Electoral examina declaraciones del presidente del Gobierno durante un proceso electoral.
Sánchez ha recibido anteriormente sanciones por incumplimientos relacionados con el deber de neutralidad institucional. Entre los antecedentes figura el expediente abierto en diciembre de 2025 por unas declaraciones realizadas durante la presentación del balance anual del Ejecutivo, en plena campaña de las elecciones autonómicas de Extremadura.
Aquel procedimiento quedó concluido en enero de 2026 después de que la Junta Electoral tomara conocimiento del pago correspondiente. El PP sostiene que el presidente ha recibido cuatro multas por un importe acumulado de 6.600 euros y que ha vulnerado la legislación electoral en seis procesos anteriores.
La formación que preside Alberto Núñez Feijóo ha celebrado la apertura del nuevo expediente y la considera un respaldo a su denuncia. La resolución de este último procedimiento sigue pendiente, por lo que no puede darse por acreditada una nueva infracción ni por impuesta una séptima sanción.


