El Tribunal Superior de Justicia de Canarias mantiene la condena de 11 años de cárcel al hombre que intentó matar a la dueña de un bar en Santiago del Teide, en Tenerife
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado el recurso presentado por un hombre condenado a 11 años de cárcel y a pagar 65.000 euros por intentar matar a la dueña de un bar en Santiago del Teide, en Tenerife.
Los hechos
La agresión tuvo lugar la noche del 27 de febrero de 2023 después de discutir con la víctima por el precio de la consumición. El condenado abandonó el establecimiento siguiendo a la mujer cuando se dirigía a su domicilio.
Tras llamarla por su nombre y sin previo aviso la abordó por la espalda, agarró del cabello y le cortó el cuello con la intención de acabar con su vida, para lo que usó un cuchillo de 12 centímetros de largo.
Aquella noche, la agredida cayó sobre un banco, momento que el acusado aprovechó para apuñalarla en el torso, lo que consiguió repeler mediante patadas. Sus gritos alertaron a varias personas que estaban en el bar, entre ellas su marido, quienes acudieron a auxiliarla, redujeron al procesado y le quitaron el cuchillo jamonero.
Defensa
El procesado atribuyó el enfrentamiento a que la dueña, de nacionalidad francesa, quiere que a su local solo vayan turistas y rechaza a los españoles. Negó además que pudiera perseguirla, dado que desde 2011 tiene las secuelas de una operación en una pierna.
La defensa se lamenta de que no se hubiese tenido en cuenta que durante el juicio pidió que de forma subsidiaria se estuviera ante un delito de homicidio o lesiones, no de intento de asesinato.
Aunque se acepta que no hay un pronunciamiento directo sobre esta cuestión, el TSJC cree que el contenido del fallo y la calificación del delito viene a responder a esta cuestión.
También se dudó de que el arma entregada por un ciudadano fuera con la que realmente se cometió el delito, y se lamenta de que éste no fuera citado como testigo.
El TSJC sostiene que todo ello no implica la ruptura de la cadena de custodia, dado que el arma fue entregada directa e inmediatamente a la policía, y cree irrelevante que no se hubiera hecho una análisis biológico de la misma.
Otras alegaciones cuestionaban las pruebas periciales o el procedimiento seguido, descartadas también por el TSJC, desde donde se apela a las actuales limitaciones legales para proceder a la revisión de un fallo en un ámbito superior.
Sin testigos
La Audiencia admite que no existe un testigo directo de la agresión pero sí de los momentos posteriores, cuando la mujer aparece herida y el hombre está a su lado con el cuchillo.
Un testigo que aquel día estaba en el local asegura que cuando llegó dijo que iba a poner una bomba, otro oyó que tenía la intención de cortarle el cuello a la dueña, a quien le hizo un gesto con la mano que tiene ese significado.
Desde entonces la mujer no sólo sufre secuelas físicas por las heridas de 12 centímetros que tiene en el cuello y otra de 3 en la espalda, sino también psicológicas.
A partir de que ocurrió el incidente ha estado bajo tratamiento contra el miedo y la ansiedad, por lo que consideran adecuada la indemnización fijada que coincide con la pedida en su momento por la Fiscalía y la acusación particular.


