Condenado a 15 años y tres meses de cárcel el marido de Romina Celeste por su homicidio

Está condenado por seis delitos: homicidio, maltrato habitual. dos lesiones, profanación del cadáver y denuncia falsa

El asesino confeso de la joven paraguaya residente en Lanzarote Romina Celeste Núñez, Raúl Díaz Chacón, en la Ciudad de la Justicia ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, a 2 de junio de 2023, en Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, Canarias (España). El marido de Romina Celeste se ha declarado culpable de homicidio, malos tratos y el resto de cargos que formulados contra él y ha aceptado la condena que propone la Fiscalía: 15 años y 9 meses de prisión. Ha confesado ante el Jurado que lo juzga por homicidio que la mató la madrugada de Año Nuevo de 2019, algo que admite por primera vez cuatro años después, y que luego hizo desaparecer su cuerpo. 02 JUNIO 2023;MARIDO DE ROMINA CELESTE;CONFIESA QUE LA MATÓ: AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS PALMAS;GRAN CANARIA Europa Press / Europa Press 02/6/2023
El asesino confeso de la joven paraguaya residente en Lanzarote Romina Celeste Núñez, Raúl Díaz Chacón. EP

La Audiencia de Las Palmas ha condenado al autor confeso de la muerte de Romina Celeste Núñez, su marido, a 15 años y tres meses de cárcel. Se le considera autor de seis delitos: homicidio, maltrato habitual, dos de lesiones en el ámbito de violencia machista, profanación del cadáver y denuncia falsa.

Esta sentencia llega después de que Raúl Díaz Chacón confesara ante el Jurado al comienzo del juicio que mató a Romina, algo que había negado durante los últimos cuatro años, en los que siempre sostuvo que la había encontrado muerta en la casa en la que vivían Lanzarote, en la madrugada del 1 de enero de 2019 y que había hecho desaparecer su cadáver porque temía que lo culparan (ella ya lo había denunciado por malos tratos).

La condena, con la que ya se había mostrado conforme la defensa, obliga además a Díaz Chacón a indemnizar con 260.000 euros a los dos hijos de Romina Celeste, ambos menores, y a la madre de esta.

Condenas

El magistrado que presidió el juicio dicta su condena en los mismos términos que pactaron las tres acusaciones (incluida la ejercida en nombre de la familia) y la defensa. Doce años y medio de cárcel por el homicidio, un año y nueve meses por el maltrato habitual, seis meses por uno de los cargos de lesiones, nueve meses por el otro y tres meses por la profanación del cadáver.

Por el delito de denuncia falsa (el procesado denunció ante la Guardia Civil la desaparición de su esposa), Díaz Chacón recibe una multa de 1.080 euros (seis meses, a razón de seis euros diarios).

El magistrado que dicta la sentencia reproduce ese acuerdo entre las partes sobre las penas (que le vinculaba legalmente como tope), sin hacer algún comentario al respecto, aunque sí aprovecha los fundamentos de la sentencia para subrayar las penurias que vivió Romina Celeste Núñez desde que contrajo matrimonio con Díaz Chacón, el 10 agosto de 2018.

La sentencia remarca que el procesado «reconoció no solo que agredió física y psíquicamente en distintas ocasiones a Romina, sino que la trataba con total desprecio, llegando a generar en ella un estado de angustia y miedo».

Recuerda también que un testigo explicó que Romina «estaba anulada» por su marido y que la joven llegó a enviar un mensaje a una persona de su confianza en la que confesaba que «temía por su vida».

Violencia machista

Raúl Díaz Chacón es condenado por lesiones, de hecho, por dos episodios de violencia machista contra Romina Celeste Núñez que sucedieron dos días antes de su boda (el 8 de agosto de 2018) y tres días antes de matarla (el 29 de diciembre de 2018).

Ese último día, Romina Celeste acudió a las 6.33 horas la mañana a la urgencias del Hospital de Lanzarote para que la atendieran por las lesiones y hematomas que había sufrido, pero no llegó a verla ningún médico porque su marido se presentó allí y se la llevó. Tres días después, en la madrugada de Año Nuevo de 2019, acabó con su vida.

El magistrado también recuerda que Díaz Chacón confesó que consideraba a su mujer «un ser inferior con el que podía desatar su rabia y ello por el hecho de ser una mujer joven, extranjera y sin recursos, que ejercía la prostitución para mantenerse económicamente», lo que implica que el homicidio que cometió lleve aparejada la circunstancia de agravante de género.

Respecto a lo que hizo con el cuerpo de Romina Celeste –quemarlo, desembrarlo, eviscerarlo…-, la sentencia subraya que no se trata de un mero intento de ocultar el crimen, sino que «revela una falta de respeto de tal entidad que desborda» el autoencubriento del homicidio y constituye un delito añadido, profanación del cadáver. 

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