El decreto de vivienda amplía hasta 2030 la protección frente a desahucios y las limitaciones a determinadas compras de vivienda y establece nuevas medidas para alquileres y acceso a la primera vivienda

El nuevo decreto ley de vivienda entra este jueves en vigor con medidas que afectan a los contratos de alquiler, los desahucios, la compra de vivienda y los pisos turísticos.
Entre las principales novedades, los inquilinos con contratos que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 podrán solicitar prórrogas extraordinarias de hasta dos años, por anualidades y siempre que estén al corriente del pago y lo hayan estado durante los ocho meses anteriores. Además, se mantiene hasta finales de 2027 el límite del 2% para determinadas actualizaciones de las rentas.
La norma amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 la protección frente a los desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional cuando el propietario sea una empresa dedicada a la especulación inmobiliaria. En otros casos, la suspensión se revisará cada doce meses y tendrá una duración máxima de tres años.
Restricciones a determinadas compras de vivienda
El Estado compensará además a las comunidades autónomas por el coste de asumir las cantidades adeudadas por inquilinos vulnerables en determinados procedimientos de desahucio. El decreto también amplía hasta 2030 las restricciones a determinadas compras de vivienda por parte de grandes tenedores y limita las adquisiciones por debajo del 70% del valor de tasación de mercado.
El texto incorpora asimismo cambios en los alquileres de temporada y por habitaciones. Los contratos temporales deberán tener una duración de entre 31 días y 12 meses y justificar la causa de temporalidad; si no se acredita, pasarán a considerarse alquileres de vivienda habitual.
En cuanto a los pisos turísticos, tributarán con un IVA del 10% desde el 1 de diciembre y los ayuntamientos podrán aplicar recargos de hasta el 150% en el IBI en determinados casos. También se contemplan reducciones fiscales para propietarios que rebajen el alquiler más de un 5% y una deducción del 10% en el IRPF para inquilinos con ingresos inferiores a 33.007,20 euros.
Préstamos del ICO de hasta 50.000 euros sin intereses
Para facilitar el acceso a la compra de vivienda, el decreto prevé préstamos del ICO de hasta 50.000 euros sin intereses ni comisiones para financiar la entrada de la primera vivienda. El Gobierno ha habilitado un crédito extraordinario de 10.000 millones de euros para este programa, que tendrá un periodo de carencia de hasta 30 años.
Además, se crea un Fondo de Vivienda de Impacto Social con una dotación inicial de 400 millones de euros y se establece que la publicidad de los alquileres deberá incluir información como el índice de referencia del precio y, cuando corresponda, si el propietario tiene la condición de gran tenedor. La norma deberá ser convalidada por la Diputación Permanente del Congreso en el plazo de un mes.


