Las prácticas no remuneradas deberán haberse producido antes del 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011, sin límite de antigüedad
El Gobierno ha aprobado la orden que permitirá a antiguos alumnos universitarios, de FP y de enseñanzas artísticas superiores, profesionales o deportivas recuperar hasta cinco años de periodos de prácticas o programas de formación investigadora como cotizados de cara al cómputo para la jubilación.
Las prácticas no remuneradas deberán haberse producido antes del 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011 sin límite de antigüedad. Los interesados tendrán dos años de plazo para presentar la solicitud una vez se publique la orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cotización y plazos
La base de cotización para este convenio especial será la mínima del grupo 7, con un coeficiente reductor del 0,77, lo que significa que cada mes recuperado tendrá un coste de alrededor de 290 euros.
La cotización por los periodos de prácticas reconocidos en este convenio especial servirá para las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.
Casi 900.000 estudiantes deberían cotizar en sus prácticas desde 2024
Los alrededor de 400.000 universitarios y 458.000 alumnos de Formación Profesional que realizarán prácticas de empresa en 2024 deberán cotizar por primera vez a la Seguridad Social a partir del 1 de enero, tras expirar la moratoria de tres meses que pidieron en su día la mayoría de las autonomías y que aún hoy defienden haber aplazado de nuevo su implantación.
En ambos casos, el Gobierno bonificará en 2024 el 100 % del alta a la Seguridad Social durante el periodo de formación del alumnado, pero numerosas administraciones autonómicas y universidades adujeron problemas de gestión de la nueva medida, incluida en la última reforma de las pensiones.