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20 abril 2024 12:11 pm

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La JEC libra de ir a las mesas electorales a quienes tengan las vacaciones organizadas

Aquellas personas que puedan demostrar tener sus vacaciones programadas desde antes del 30 de mayo, suponiendo un perjuicio económico, podrán librarse de las mesas electorales

La Junta Electoral libra de ir a las mesas electorales a quienes tengan las vacaciones organizadas
Un votante introduce su papeleta en una mesa electoral

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado eximir de las mesas electorales a los electores que hayan contratado sus vacaciones antes del 30 de mayo, fecha en la que se convocaron oficialmente las elecciones generales de julio, y siempre que la cancelación suponga un perjuicio económico o un trastorno grave, al tiempo que ha endurecido los requisitos para votar por correo.

Así, ante la coincidencia del adelanto electoral con el periodo vacacional de muchos ciudadanos, la JEC ha decidido aprobar una instrucción de oficio que considere como excusa válida para no formar parte de las mesas electorales el haber contratado antes de la fecha de la convocatoria de las elecciones una estancia vacacional, o bien si la jornada coincide con ese desplazamiento.

Si la cancelación ocasiona un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante «puede ser considerado como excusa» por las Juntas Electorales de Zona (JEZ) «siempre que se asegure la integración plena de las mesas».

Documentación previa al 30 de mayo necesaria

El ciudadano deberá acreditar con documentación la contratación de sus vacaciones antes del 30 de mayo así como el perjuicio económico o trastornos que le ocasiona en el caso de haber recibido la llamada para asistir a la mesa.

El sorteo a celebrar por los ayuntamientos para la formación de las mesas será entre el 24 y el 28 de junio y la notificación se realizará en un plazo de tres días a partir de ese sorteo.

Los electores tendrán siete días para llevar a cabo sus alegaciones, que se resolverán cinco días después de su presentación.

Las dos nuevas resoluciones de la JEC van más allá de lo que marca la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la decisión de admitir nuevas alegaciones para no acudir a una mesa electoral con motivo de las vacaciones ha llegado después de que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pidiera el pasado 30 de mayo flexibilizar los criterios porque «las vacaciones son un evento familiar de especial relevancia y que resulta inaplazable».

«En caso contrario puede provocar un perjuicio económico importante», argumentaba la OCU, que reclamaba a las Juntas Electorales de Zona que actuasen de esta forma para evitar una avalancha de reclamaciones por cancelación de viajes

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