La Violencia Vicaria será tipificada en el Código Penal

La magistrada Isabel Giménez, especializada en Violencia Vicaria y Violencia de Género, valora la instrucción de igualdad para que se incluya la Violencia Vicaria como tipo delictivo

El Ministerio de Igualdad ha puesto en marcha una reforma del Código Penal para incorporar la Violencia Vicaria como un tipo delictivo propio. Este término fue acuñado por la psicóloga Sonia Vaccaro y, aunque se ha ido popularizando su uso, aún el código penal no lo recogía.

Para la magistrada Isabel Giménez, invitada en el espacio de Igualdad de Buenos Días Canarias, se trata de una buena noticia que «va a redundar en que esta violencia se visibilice». Considera que esto va a permitir que se exija una mayor formación especializada a todo el ámbito judicial para reconocerla. Asegura que aún suele «cuestionarse el relato de las madres, a las que reiteradamente se acusa de manipular». De que ahí que «defienda que la justicia escuche el testimonio de las y los menores«.

La magistrada asegura que hablamos de Violencia Vicaria cuando hay asesinatos pero recuerda que «hay otras situaciones más cotidianas que suelen pasar desapercibidas». Ha puesto como ejemplo, el que los agresores decidan no dar medicación a los y las menores, sabiendo que eso va a generar preocupación en las madres. Por eso, la magistrada cree que ahora se podrán prever y castigar situaciones de este tipo, incluso civilmente, en caso de que un agresor se suicide.

Las madres protectoras aún cuestionadas

La magistrada ha insistido en la importancia de que todas las personas que integran el ámbito judicial tengan formación y capacitación profesional. Asegura que es necesario que se perciba adecuadamente el riesgo por parte de profesionales para que se retiren las custodias y visitas en caso de indicios de violencia de género.

Este mismo fin de semana se ha producido un nuevo asesinato vicario de una menor de 13 años en Bilbao, que ha elevado a 64 la cifra de menores asesinados en este tipo de crímenes desde el año 2013 en que empezó a llevarse a cabo el registro de los casos.

Contraria a la figura de persona Coordinadora de Parentalidad

La magistrada además se ha referido a la figura de Coordinadora de Parentalidad creada en algunas comunidades como Cataluña para hacer mediación en divorcios conflictivos. Se ha mostrado contraria a la misma porque considera que incumple el Convenio de Estambul.

También tiene dudas sobre la formación que reciben estas personas, sus funciones y obligaciones y estima que supone una carga económica para las familias. Por todo ello, ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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