El empresario estuvo acusado en 2016 por delitos contra la ordenación del territorio, prevaricación y tráfico de influencias con la construcción de la bodega «Stratvs»
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por la Fiscalía contra la sentencia dictada por la Audiencia de Las Palmas que absolvió al empresario Juan Francisco Rosa de un delito contra la ordenación del territorio en el paraje natural de La Geria, en Lanzarote, por la construcción de la bodega «Stratvs«, que dio nombre a esta causa.
Según la sentencia hecha pública este martes por la Sala de lo Penal del TS, de los hechos que declaró probados en su día la sección sexta de la Audiencia Provincial no se deriva la comisión del citado delito por parte de Rosa.
El Supremo razona que los hechos probados no describen las características de actuaciones urbanísticas realizadas en la finca, más allá de la construcción del almacén bodega y de la rehabilitación de la casa, que permitan determinar su categorización como edificaciones en términos urbanísticos.
Tampoco se declara probado que se aumentara la superficie de la vivienda o de la bodega, o si esta última se construyó o no bajo rasante en su totalidad, respetando los 900 metros cuadrados autorizados.
La Fiscalía pidió prisión por delitos de prevaricación urbanística
La Audiencia de Las Palmas, en su sentencia dictada en diciembre de 2016, absolvió a los 11 procesados en la causa principal abierta por la construcción de la bodega Stratvs, entre los que figuraban su propietario, el empresario Juan Francisco Rosa, y el exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, así como la empresa promotora de la obra.
La Fiscalía había pedido penas de prisión para la mayor parte de los procesados por delitos de prevaricación urbanística y contra el medio ambiente, entre otros, pues sostenía que la construcción de Stratvs había sido «el peor atentado ambiental» sufrido por Lanzarote desde que la isla fue declarada Reserva de la Biosfera en los años noventa.
La sección sexta de la Audiencia reconoció que en la construcción de la bodega en la comarca de La Geria existían elementos de «discutible» legalidad urbanística pero no apreció que ninguno de ellos fuera constitutivo de delito.
Juan Francisco Rosa se enfrentaba a delitos por tráfico de influencias
Los propietarios de Stratvs solicitaron en junio de 1998 licencia para rehabilitar una vivienda ya existente en el paraje protegido de La Geria y construir un almacén-bodega de 900 metros cuadrados, pero demolieron la vivienda, levantaron una más grande y abrieron un restaurante, una tienda, una terraza y una bodega mucho mayor.
En total, 12.000 metros cuadrados construidos a partir de numerosas irregularidades, según la Fiscalía.
Sin embargo, en la sentencia de la Audiencia de Las Palmas se consideró que no cabía «reproche jurídico penal» contra el principal acusado, Juan Francisco Rosa, ya que no se pudo afirmar «que las edificaciones verificadas por el acusado no estuvieran autorizadas».
El dueño de la bodega, Juan Francisco Rosa, se enfrentaba a una solicitud de año y medio de cárcel no solo por delitos contra la ordenación del territorio, sino también por el de tráfico de influencias.
El Ministerio Fiscal, en cuanto a la sentencia dictada por la Audiencia de Las Palmas, solo discrepó por la absolución de Juan Francisco Rosa, por entender que era autor de un delito contra la ordenación del territorio, en relación con la rehabilitación de la casa construcción de la bodega en un parque natural reclasificado como paisaje protegido.