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Canarias ampliará las listas de empleo para personal docente interino

Esta convocatoria busca garantizar la continuidad de la enseñanza pública con carácter de urgencia debido a la insuficiencia de personas para determinadas listas

Educación ampliará las listas de empleo para personal docente interino
Educación ampliará las listas de empleo para personal docente interino

La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Personal, publicó este miércoles la Resolución por la que se convoca el procedimiento selectivo para la ampliación de determinadas listas de empleo de los Cuerpos de Maestros y Maestras, así como de Profesado de Secundaria y de Especialistas en Sectores Singulares para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

La publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) tendrá lugar en los próximos días.

En concreto, la convocatoria abarca las especialidades de Inglés, Francés, Alemán, Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje del Cuerpo de Maestros y Maestras, así como las de Matemáticas, Latín y Griego, Economía, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, Instalaciones Electrotécnicas y Sistemas y Aplicaciones Informáticas, de Secundaria, además de Mantenimiento de Vehículos del Cuerpo, del Profesado de Especialistas en Sectores Singulares.

Quienes deseen participar, deberán cumplimentar la solicitud a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias y adjuntar cada uno de los documentos que incluya en su solicitud en formato PDF (un archivo por cada documento que incluya todas las páginas del mismo).

No se admitirán, en ningún caso solicitudes ni documentación en formato papel.

En caso de envío al registro electrónico de varias solicitudes de participación, se considerará válida la última solicitud registrada y se tendrá en cuenta únicamente los datos aportados en esta última solicitud de participación.

La selección estará integrada de una prueba escrita y la presentación de méritos

El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación es de diez días hábiles contados a partir del día siguiente hábil al de la publicación de la Resolución en el BOC. Asimismo, se abonará una sola tasa de inscripción con independencia del número de especialidades a las que se aspire, si bien se establecen distintas exenciones.

El objetivo de esta actuación es garantizar la continuidad del sistema público de enseñanza, ya que el número de personas integrantes en determinadas listas es insuficiente, por lo que se hace necesario convocar con carácter de urgencia este procedimiento selectivo, de forma que se posibilite la incorporación de candidatas y candidatos para el nombramiento de este personal docente interino.

Para evitar el riesgo de que se interrumpa el sistema público de enseñanza, se recurre a la habilitación normativa que permite a la Dirección General de Personal efectuar convocatorias para el acceso extraordinario a dichas listas de empleo, bajo los principios de objetividad, sencillez y rapidez en su ejecución, para lo que se pueden realizar pruebas teóricas.

De esta manera, el procedimiento de selección está integrado por una prueba escrita, que consistirá en responder a un cuestionario tipo test de respuestas múltiples, y la presentación de méritos, cuya valoración se llevará a cabo según el baremo que se publica en la propia Resolución, que también detalla el temario y los requisitos de titulación para poder participar en este procedimiento.

Se puede proceder al nombramiento de docentes que hayan presentado solicitudes de participación

El Departamento educativo considera que, en este caso, concurren razones de excepcionalidad y urgencia, como son el momento en el que se encuentra el actual curso escolar y la necesidad de garantizar la continuidad de este servicio público que evite un perjuicio en los procesos formativos y de aprendizaje del alumnado. 

Debido a ello, la Dirección General de Personal ha articulado de forma inmediata los mecanismos necesarios que permitan dotar a los centros educativos de gestión pública del personal docente que está siendo demandado.

Asimismo, se establece que, ante cualquier escenario que se pueda plantear y aún sin resolución que ponga fin al presente procedimiento, se pueda proceder al nombramiento de docentes que hayan presentado sus solicitudes de participación, mediando la oportuna ordenación provisional de los participantes, con arreglo a las bases, y la previa verificación del cumplimiento de los requisitos de titulación, formación pedagógica y didáctica y demás exigidos por la normativa.

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