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30 abril 2024 1:32 pm

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FECAM insta al Gobierno canario a cumplir la sentencia del Supremo por el “decreto de playas”

El Supremo falló a favor de la FECAM anulando el «decreto de playas» que obligaba a los municipios a costear los servicios de salvamento

La Federación Canaria de Municipios (FECAM) reclamará al Ejecutivo regional los costes derivados de los servicios de salvamento dispuestos en sus playas. En especial, los municipios de menos de 20.000 habitantes. El Tribunal Supremo falló en su favor anulando el decreto del Gobierno regional que obligaba a partir de 2018 a costear estos servicios, tras un recurso presentado por la FECAM.

FECAM insta al Gobierno canario a cumplir la sentencia del Supremo por el “decreto de playas”
Comisión de Administración Pública efectuada el pasado miércoles 3 de abril

El Alto Tribunal del Estado anuló el pasado 27 de septiembre de 2023 el decreto conocido como ‘decreto de playas’. Se da así la razón a la FECAM. El Gobierno canario aún no lo ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

FECAM recurrió al Tribunal Supremo una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, favorable al Ejecutivo canario. Tras esta anulación, son la Comunidad Autónoma o los Cabildos insulares a quienes les corresponde prestar el servicio de salvamento y playas en los municipios de menos de 20.000 habitantes.

El presidente de la Comisión, Francisco Atta, señala que ante la no publicación en el BOC, solicitará la ejecución forzosa de la misma. Con carácter formal ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y también a través de escrito al órgano correspondiente del Gobierno de Canarias.

Además, se incidió en la importancia de que en el futuro marco regulatorio que vaya a hacer el Gobierno de Canarias se cuente con la FECAM, cuestión que se abordará en la próxima reunión con el Consejero de Política, Territorial, Cohesión y Aguas, Manuel Miranda, que se mantendrá el próximo 24 de abril.

En el caso de que la nueva normativa autonómica imponga nuevamente a los municipios de menor población la prestación del servicio. Deberá efectuarse mediante norma con rango de ley y con previsión de dotación financiera suficiente.

El Comité Ejecutivo de la FECAM, se recomienda a los municipios no obligados a prestar este servicio que lo sigan prestando en función de sus disponibilidades presupuestarias. No se debe dejar desatendida la seguridad de las vidas humanas en nuestras playas y zonas de baño.

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